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Continúan talleres participativos por Escazú con ciudadanía y sector público
Durante la semana pasada, se realizó un encuentro virtual con representantes de Consejos de la Sociedad Civil y una jornada […]



Finaliza capacitación sobre el Acuerdo de Escazú a funcionarios y funcionarias municipales
· Durante la última jornada virtual se presentaron los resultados obtenidos de una encuesta aplicada a los participantes sobre la […]



Comunidades religiosas y espirituales dialogan sobre el Acuerdo de Escazú
· Agrupadas en la Alianza Interreligiosa y Espiritual por el Clima, representantes de distintos credos y confesiones de diversas partes […]
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Escazú en Chile
El Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, conocido como Acuerdo de Escazú, es un tratado internacional, cuyo objetivo principal es garantizar la implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales. El Acuerdo también se refiere a la necesidad de generar un ambiente propicio y seguro para aquellos que ejercen sus derechos de acceso (defensores ambientales) y la importancia de aportar en la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona –tanto de las generaciones presentes como futuras- a vivir en un medioambiente sano.
El Acuerdo de Escazú surgió tras constatarse la necesidad de alcanzar compromisos para la implementación cabal de los derechos de acceso señalados en el Principio 10 de la Declaración de Río, atendido que tales derechos permiten abordar eventuales conflictos socioambientales desde su inicio, contribuyendo a un proceso de toma de decisiones que goce de un robusto respaldo ciudadano, a la estabilidad y paz social, y al desarrollo sostenible.
Como lo reconoce la Comisión Económica de América Latina y el Caribe (CEPAL), secretaría del tratado, este instrumento constituye un acuerdo visionario y sin precedentes, alcanzado por y para América Latina y el Caribe, reflejando la ambición, las prioridades y las particularidades de nuestra región. El Acuerdo entró en vigencia el 22 de abril de 2021, al superarse las 11 ratificaciones necesarias para ello y su primera Conferencia de las Partes (COP) tuvo lugar entre el 20 y el 22 de abril de 2022 en Santiago de Chile. El país ha comenzado a ser Estado Parte del tratado desde el 11 de septiembre de 2022.
Con el fin de avanzar en la cabal y efectiva implementación del Acuerdo de Escazú, el Ministerio del Medio Ambiente se encuentra desarrollando diversas acciones. Específicamente, se han realizado talleres virtuales dirigidos a más de 1300 funcionarias y funcionarios de la institucionalidad ambiental, municipalidades, oficinas de participación ciudadana y ciudadanía en general para que conozcan los estándares y alcances del tratado y sepan cómo lograr su implementación a nivel nacional. Además, se han designado 23 puntos focales ministeriales que han estado definiendo medidas concretas dentro de su gestión para avanzar en materia de información, participación y acceso a la justicia ambiental.
Durante 2023 se trabajará en la elaboración de un Plan de Implementación Participativa del Acuerdo de Escazú (PIPE) con el objeto de evaluar, con la significativa participación del público, las brechas, oportunidades y definir las medidas prioritarias para su incorporación plena y efectiva en Chile.
Eleva los estándares de la generación y entrega de información ambiental
Mejora el acceso a la justicia ambiental
Insta a que Chile tenga más participación pública
Protege a defensoras y defensores de Derechos Humanos en materia ambiental
Plan de Implementación participativa del Acuerdo de Escazú (PIPE)
El Ministerio del Medio Ambiente está desarrollando el Plan de Implementación participativa del Acuerdo de Escazú (PIPE) que tiene por objeto evaluar -con la significativa participación del público- las brechas, oportunidades y medidas prioritarias para la incorporación plena y efectiva del Acuerdo de Escazú en Chile.
En este marco, gracias a la colaboración del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), se realizó un primer diagnóstico sobre el estado de cumplimiento actual de los derechos de acceso a la información, participación y justicia en materia ambiental, así como sobre el nivel de protección de las personas defensoras en asuntos ambientales con énfasis en la normativa vigente.
También gracias al apoyo de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), se está elaborando un mapa de actores, una propuesta de gobernanza y coordinación interinstitucional para la implantación de Escazú.
En términos de el involucramiento de los diversos actores sociedad civil, sector público y privado, se ha diseñado un proceso participativo público, informado y de co-construcción para el año 2023, que busca convocar a una multiplicidad de representantes a nivel local, nacional, regional en base a los estándares contenidos en el propio acuerdo para la elaboración del PIPE.
Lo anterior, contempla el desarrollo de mecanismos especiales para la inclusión de personas y grupos en situación de vulnerabilidad, localidades pequeñas o con problemáticas ambientales, personas defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales, niños, niñas y adolescentes y mujeres en situación de pobreza, entre otros.
Queremos invitarte a que seas parte de la elaboración del Plan de Implementación participativa del Acuerdo de Escazú (PIPE) ¡Participa desde las etapas iniciales del proceso!
Súmate con ideas y propuestas para garantizar la implementación plena y efectiva del Acuerdo, en materias de acceso a la información, participación pública y justicia en asuntos ambientales.
Videos
El Acuerdo de Escazú continúa implementándose en Chile para garantizar los derechos de participación, acceso a la información y a la justicia en asuntos ambientales, además de la protección para las y los defensores de DD.HH asuntos ambientales.
¿Quieres saber más sobre este proceso y cómo el Acuerdo de Escazú protegerá estos derechos humanos? Mira los videos que hemos preparado aquí.






























Agenda
Este espacio tiene por objetivo recoger y promover las voces de distintas personas de nuestro país, sobre el significado y la relevancia que tiene para Chile la implementación del Acuerdo de Escazú.







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Preguntas Frecuentes
Es un Acuerdo Regional adoptado en Escazú, Costa Rica el 4 de marzo de 2018. Es el primer tratado ambiental de América Latina y el Caribe, y está abierto a los 33 países de las regiones ya mencionadas.
El objetivo del acuerdo es garantizar la ejecución efectiva de los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación y fortalecimiento de las aptitudes y cooperación, a favor de la protección del derecho de cada persona, tanto en generaciones presentes como futuras, para asegurar vivir en un medioambiente sano y con un desarrollo sostenible.
El período de firma de este tratado se produjo desde el 27 de septiembre de 2018, hasta el 26 de septiembre de 2020 en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York. En tanto el Acuerdo de Escazú entró en vigencia el 22 de abril de 2021.
Los países de la Región han considerado que este instrumento regional facilitará concretar acciones y desarrollar estrategias para enfrentar desafíos comunes, promoverá el diálogo, la cooperación, la asistencia técnica y la creación de capacidades, fortalecerá la aplicación de los derechos de acceso a nivel nacional; e incentivará la construcción de una agenda regional propia en materia de derechos de acceso que tenga su base conceptual en la sostenibilidad y la igualdad.
De manera general, los artículos del acuerdo incluyen un preámbulo, objetivo, definiciones, principios, ámbito de aplicación, acceso a la información ambiental, participación en toma de decisiones ambientales, acceso a la justicia, fortalecimiento de capacidades y cooperación, Implementación, seguimiento y evaluación, recursos, reglas de procedimientos, marco institucional y disposiciones finales.
Este tratado es un acuerdo innovador, para la región latinoamericana y del Caribe, donde se estipulan las prioridades, las expectativas y particularidades que la región requiere. En este sentido, se abordan aspectos fundamentales en la gestión y protección ambiental desde la perspectiva regional, regulando derechos enfocados al acceso a la información, participación pública y justicia en ámbitos tan importantes como el uso sostenible de los recursos naturales, la conservación de la diversidad biológica, la lucha contra la degradación de las tierras y el cambio climático, y el aumento de la resiliencia ante los desastres.
Otra característica esencial es que el acuerdo entrega la primera disposición vinculante del mundo sobre los defensores de derechos humanos en asuntos ambientales, en virtud de mitigar agresiones e intimidaciones en las que se ven envueltos los defensores de esta región.
El Acuerdo Regional nace durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible (Río+20) en 2012, donde se suscriben al Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medioambiente y el Desarrollo, de 1992. De manera que la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), a través de su División de Desarrollo Sostenible y Asentamientos Humanos Naciones Unidas, inicia el proceso de creación de un Acuerdo Regional de carácter ambiental.
Este Acuerdo trata sobre el acceso a la información, participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe.
Luego de dos años de reuniones preparatorias (2012-2014) y nueve reuniones del Comité de Negociación establecido en 2014 –que contó con amplia participación ciudadana- dónde Chile y Costa Rica lideraron estas negociaciones en calidad de copresidentes, así como también por otros cinco integrantes de la Mesa Directiva (México, Perú, Argentina, San Vicente y las Granadinas, y Trinidad y Tobago).
A su vez, se reunieron delegados gubernamentales, representantes del público y académicos, expertos y otras partes interesadas, las cuales participaron activamente de manera colaborativa y en igualdad. Finalmente, se acoge el acuerdo el 4 de marzo de 2018 en Escazú, Costa Rica, para posteriormente entrar en vigencia el 22 de abril de 2021.
En mayo de 2022 culminaron las discusiones en el Congreso para adherir al Acuerdo de Escazú.
Tras una transversal y amplia mayoría en el Congreso, Chile se convirtió en el 13° Estado Parte, a partir del 13 de junio de 2022 y cuya promulgación fue publicada en el Diario Oficial el 25 de octubre de 2022.
Todos y todas nos beneficiamos con el acuerdo de Escazú. El Acuerdo de Escazú busca impulsar los derechos de acceso (a la información ambiental, a la participación en asuntos ambientales y a la justicia en materia ambiental) que nos permiten garantizar el derecho humano al medio ambiente sano; un derecho que tenemos todos y todas. Por eso, el Acuerdo establece que los países miembros deben asegurar entornos seguros para el ejercicio de los derechos humanos ambientales, para que sea posible actuar sin amenazas, restricciones o inseguridad.
En línea con lo anterior, Chile y los países miembros deberán tomar medidas apropiadas, efectivas y oportunas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas o intimidaciones que puedan sufrir las personas en el ejercicio de los derechos contemplados en el presente Acuerdo.
Una de las iniciativas al respecto es la elaboración de un Protocolo de Protección de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos, que incluya dentro de sus consideraciones la protección de defensores de derechos humanos ambientales. Tarea que es liderada por el Ministerio de justicia.
Cada país miembro del acuerdo debe asegurar el derecho de participación del público abierta e inclusiva para procesos de toma de decisiones ambientales, revisiones, reexaminaciones o actualizaciones sobre proyectos y actividades, así como también toma de decisiones de interés público como ordenamiento territorial, elaboración de políticas, estrategias, planes, programas, normas y reglamentos que pudiesen tener impacto significativo sobre el medioambiente y la salud de las personas.
La participación del público debe ser desde etapas iniciales en el proceso de toma de decisiones, de manera que las observaciones de la ciudadanía sean debidamente consideradas y contribuyan de manera oportuna al proceso. El procedimiento de participación pública contemplará plazos razonables que dejen tiempo suficiente para informar al público y para que este participe en forma efectiva.