Primera Emergencia Ambiental del año en Osorno

Para mañana viernes 29 de abril, se decretó la primera emergencia ambiental, desde que comenzó a operar la Gestión de Episodios Críticos (GEC), del Plan de Descontaminación Atmosférica para la ciudad. La medida afectará al polígono número 1, que corresponde al sector Sur – Ovejería.

El Seremi del Medio Ambiente, Jorge Pasminio, señaló que, “las condiciones meteorológicas de este año han sido distintas a las anteriores, y hemos evidenciado que los episodios críticos de contaminación del aire están ocurriendo antes de lo esperado y no en junio y julio como en años anteriores. Por esto hacemos un llamado a la ciudadanía a cumplir las medidas de prevención, para resguardar la salud de toda la población, en especial la de los más vulnerables, adultos mayores, niños, embarazadas y enfermos crónicos”.

Particularmente, hoy se presenta un frente anticiclónico que ha generado una disminución en los factores de ventilación. Es decir, los niveles de viento están siendo menores a los que han sido estimados para predecir la meteorología.  A los bajos vientos, que no logran desplazar las masas de aire con altas concentraciones de material particulado, se suma la alta estabilidad atmosférica y la ausencia de precipitaciones en la región, que no logran diluir el Material Particulado. Estas y otras condiciones como la baja radiación solar, hacen que la dispersión de los contaminantes en el aire sea insuficiente, lo que ha generado los episodios de PREEMERGENCIA Y EMERGENCIA AMBIENTAL que se han constatado esta semana.

Medidas

Durante episodios de emergencia, las medidas afectan al sector residencial e industrial. En este caso, afectará al polígono número 1, Sur-Ovejería, que corresponde a toda el área comprendida entre los perímetros de las calles Juan Mackenna, Julio Buschman y Guillermo Hollstein por el Norte; el límite del perímetro urbano por el Sur; límite de perímetro urbano por el Este y el río Rahue por el Oeste. En este sector, se prohíbe entre las 18 y 24 horas, la emisión de humos visibles provenientes de calefactores residenciales a leña.

Además, prohíbe en la zona saturada, entre las 18:00 y las 06:00 horas, el funcionamiento de calderas industriales y de calefacción que no cumplan con la norma.

Al igual que en la pre emergencia, se exceptúan de la prohibición antes señalada los centros asistenciales, hogares de menores y de ancianos y calefactores que cuenten con certificación acorde con la normativa. A lo anterior se agrega la suspensión de todas las actividades físicas y deportivas al aire libre.

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Publicado en Región de Los Lagos.