Ministro (s) Fernández detalla cómo funcionará la ley que prohibirá bombillas o envases de plumavit

  • Este domingo 13 de febrero entra en vigencia la primera etapa de la regulación a los plásticos de un solo uso, que también obligará a los supermercados a contar con opciones de envases retornables para bebestibles.

El ministro (s) del Medio Ambiente, Marcelo Fernández, explicó que a partir de este domingo 13 de febrero los establecimientos de expendio de alimentos –como restaurantes, cafeterías o fuentes de soda, entre otros,- tendrán prohibido entregar bombillas, revolvedores, palillos y cubiertos de plástico, como parte de la primera etapa de implementación de la ley que regula los plásticos de un solo uso.La autoridad añadió que, desde la misma fecha, estará prohibido el uso de productos de un solo uso de plumavit, como, por ejemplo, contenedores. También, los supermercados tendrán la obligación de contar con una oferta de bebidas en formato retornable, así como el deber de recibir este tipo de botellas que lleven los clientes.“La puesta en marcha de esta ley, una de las más ambiciosas del mundo para combatir la contaminación por el uso indiscriminado de plásticos, es un hito en el cuidado y protección del medio ambiente de Chile. Esta legislación implica un profundo cambio de hábito, tanto para los locales que venden comida como la ciudadanía, pero que nos permitirá reducir las más de 23 mil toneladas de plástico de un solo uso que se generan anualmente en Chile”, sostuvo el ministro (s) Fernández.La ley contempla sanciones que varían entre una y veinte Unidades Tributarias Mensuales (UTM) dependiendo del tipo de infracción y del producto comercializado, las cuales serán aplicadas por el Juzgado de Policía Local de la comuna donde se encuentre situado el establecimiento. Corresponderá a las municipalidades fiscalizar el cumplimiento de la ley, mientras que cualquier persona podrá denunciar si ello no ocurre.Nuevas etapasLa autoridad explicó que la ley consideró una aplicación gradual de nuevas exigencias. Es así que en agosto de 2023 la obligación de ofrecer y recibir botellas retornables se extiende a otros comercios como almacenes o tiendas de conveniencia. “Mientras que en agosto de 2024, ningún local de comida podrá utilizar productos que no sean reutilizables, es decir, no solo queda prohibido al interior del local el uso de cualquier producto plástico, sino que también de cualquier otro material que no sea reutilizable”, explicó el ministro (s). Para el caso de los servicios de delivery, a partir de 2024 solo podrán utilizar utensilios y envases de plásticos certificados, es decir que estén elaborados a partir de recursos renovables, y que puedan ser compostados. Lo anterior, también aplicará si es el mismo consumidor quien retira los alimentos del local de expendio de alimentos.Adicionalmente, la autoridad detalló que “todas las botellas plásticas desechables de bebidas que se comercialicen en Chile tendrán que ser elaboradas con un porcentaje de plástico recolectado y reciclado en Chile, promoviendo el reciclaje y generando un profundo cambio en nuestro país, en la lucha para enfrentar la contaminación por plásticos”.

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Publicado en Noticias.