En la oportunidad se dio a conocer cuáles son los productos regulados y los elementos que se prohíben por ser desechables en los locales de comida y venta de bebidas.
La Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región del Maule, se encuentra realizando capacitaciones virtuales sobre la Ley 21.368, o más conocida como Ley de Plásticos de un solo uso. Los encuentros se focalizarán a funcionarios municipales, administradores de cafeterías, restaurantes, fuentes de soda, negocios de barrios, food truck, con el fin de aclarar dudas sobre la gradualidad e implementación de la normativa vigente.
Durante la primera charla informativa, participaron funcionarios de los municipios de Talca, Curicó, Yerbas Buenas, Villa Alegre, Molina, Licantén, Río Claro, Teno, Sagrada Familia, Maule, Curepto, San Rafael, Parral y trabajadores de locales de expendio de alimentos, se expuso que el objetivo de la normativa es proteger el medio ambiente y disminuir la generación de residuos mediante la limitación en la entrega de productos de un solo uso en establecimientos de expendio de comida y bebestibles.
La ley que entró en marcha el pasado 13 de febrero de 2022, indica que está completamente prohibido la entrega de bombillas, revolvedores, cubiertos (tenedor, cuchillo y cuchara), palillos plásticos y cualquier artículo de polietileno expandido (plumavit), en todos los locales de expendio de alimentos y delivery en el territorio nacional.
También, en la ocasión se resaltó que la regulación prohíbe la entrega de productos desechables tanto dentro como fuera de los locales. Los recintos que no acaten la ley se verán expuestos a multas de hasta 5 UTM (250 mil pesos) por la entrega de cada producto plástico de un solo uso.
Además, la normativa establece que los supermercados deben tener a la venta bebestibles en botella de formato retornable y deben aceptar las botellas retornables que lleven los clientes.
Cabe desatacar que la gradualidad de la ley instaura que las botellas desechables, tendrán que contener un porcentaje de plástico recolectado y reciclado dentro del país.
Fiscalización y sanción
En la cita, se indicó que la ley contempla sanciones que varían entre una y veinte Unidades Tributarias Mensuales (UTM) dependiendo del tipo de infracción y del producto comercializado en los locales. La aplicación de la multa corresponderá al Juzgado de Policía Local de la comuna donde se encuentre situado el establecimiento que entregó el producto desechable.
Por lo que el llamado a la ciudadanía es a denunciar el incumplimiento de la ley ante los municipios y en los Juzgados de Policía Local, y principalmente a preferir productos y artículos reciclables, reutilizables y compostables.
Al finalizar el encuentro se reiteró que este tipo de medidas apuntan a combatir la contaminación por el uso indiscriminado de plásticos. Dichos residuos actualmente terminan depositados en los rellenos sanitarios o quedan dispuestos en calles, parques, playas, humedales, lagos y en el mar, los que tardan en degradarse unos 400 años en el planeta.