Seremi del Medio Ambiente capacitó a Cámara Franca sobre Ley de Reciclaje y Responsabilidad Extendida del Productor

Productores e importadores de Cámara Franca tienen hasta el 29 de agosto para declarar volúmenes de aceites lubricantes, aparatos eléctricos y electrónicos, baterías, envases y embalajes, neumáticos y pilas.

Esta semana, la Seremi del Medio Ambiente realizó una serie de capacitaciones a productores de la Cámara Franca sobre la Ley 20.920, Marco Para la Gestión de Residuos, Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje y orientaciones para la inscripción en el portal Ventanilla Única del Ministerio del Medio Ambiente.

En la jornada participaron más de 20 representantes de empresas regionales productoras e importadoras de productos prioritarios definidos por la Ley 20.920, entre los que se encuentran aceites lubricantes, aparatos eléctricos y electrónicos, baterías, envases y embalajes, neumáticos y pilas.

El Seremi Eduardo Schiappacasse, indicó que “hace algunas semanas comenzamos a difundir el proceso de inscripción en el Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) a través del portal vu.mma.gob.cl y se nos acercó la Cámara Franca solicitando apoyo en este proceso. En estas primeras jornadas de capacitación se informó sobre la nueva Ley de Reciclaje y cómo funciona la plataforma Ventanilla Única del RETC y el sistema exclusivo para productores de productos prioritarios”, señaló.

Recasur es una de las empresas que debe declarar el ingreso al país de aceites lubricantes, neumáticos y baterías. Francisco Mihovilovic, Jefe del Departamento de Prevención de Riesgos, manifestó que ya están inscritos en la plataforma y durante los próximos días comenzarán el proceso de declaración jurada anual. “Nosotros ya estamos inscritos y desde el año pasado que realizamos la declaración anual. Participamos en las capacitaciones, porque queríamos interiorizarnos en el tema, los manuales ayudan harto y son buenas estas instancias para resolver dudas”, indicó.

De acuerdo a la normativa, se consideran productos prioritarios los aceites lubricantes, aparatos eléctricos y electrónicos, baterías, envases y embalajes, neumáticos y pilas. Por lo tanto, deben inscribirse y declarar en el Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) todas las empresas que pongan por primera vez en el mercado nacional un producto prioritario y aquellas que importen productos prioritarios para el propio uso profesional. En el caso de envases y embalajes, deben declarar todos los productores que introducen en el mercado un bien de consumo envasado o embalado.

La entrega de información deberá efectuarse a través del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC), ingresando al sitio web vu.mma.gob.cl, proporcionando la cantidad de productos prioritarios comercializados en el país durante el año 2017, actividades de recolección, valorización y eliminación, cantidad de residuos recolectados e indicar si la gestión para estas actividades se realiza de manera individual o asociado a otros productores.

 

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Publicado en Región de Magallanes y Antártica Chilena.