- El acuerdo permitirá la transferencia internacional de reducciones de emisiones entre ambos países, habilitando el mecanismo del Artículo 6.2 del Acuerdo de París (modalidades de colaboración bilateral) que se utilizarán para el cumplimiento de la NDC o para otros propósitos internacionales de mitigación.
Con el fin de cumplir con los objetivos del Acuerdo de París, suscrito en 2021, la Ministra del Medio Ambiente de Chile, Maisa Rojas, y el Consejero Federal de Suiza, Albert Rösti, firmaron este sábado 9 de diciembre (09.00 hora local), en la COP28 de Dubái, un acuerdo de cooperación climática en la COP28 para reducir emisiones.
Este acuerdo bilateral consiste en el apoyo conceptual y financiero para el desarrollo de programas de energía renovables y captación de metano en sectores como la electromovilidad, la gestión de residuos, la eficiencia energética o el almacenamiento de energía, acelerando el proceso de descarbonización de la matriz energética en Chile.
De esta forma, fijará las reglas para el desarrollo de proyectos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) en Chile, de aquí al 2030, con el fin de transferir resultados de mitigación a Suiza, denominado Resultados de Mitigación Transferidos Internacionalmente (RMTI).
Suiza invierte, a su vez, en la compra de estos RTMIs en proyectos de reducción de GEI en Chile, cuyas disminuciones podrán ser contabilizadas para el cumplimiento de sus propias metas climáticas e inventario de GEI, mientras que Chile se beneficiará de inversiones directas (con un potencial de $100 millones de dólares), mejorando la calidad de vida de sus habitantes y avanzando en el cumplimiento de la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
Sobre los programas de protección del clima
Durante 2023, Chile trabajó en un proceso interno para contar con un marco de implementación nacional del Artículo 6 del Acuerdo de París a través de una mesa interministerial (Task Force Artículo 6 – TFA6), en la que trabajan articuladamente los Ministerios de Relaciones Exteriores, Energía, Medio Ambiente, Agricultura y Hacienda. Actualmente, el grupo elabora una Política Nacional para el uso del Artículo (PNUA6). Asimismo, a partir de la promulgación de Ley Marco de Cambio Climático el país elabora también un reglamento que determinará las condiciones y requisitos necesarios para regular los certificados de reducción o absorción de emisiones, incluyendo los certificados generados bajo el Art. 6, considerando que deben ser adicionales, medibles, verificables, permanentes, tener beneficios ambientales y sociales y cumplir con la NDC vigente. Estos instrumentos brindan el marco de acción para el país.Este mecanismo bilateral que se firma con Suiza hoy posee varias salvaguardas que garantizan la integridad medioambiental, resguardan de los derechos humanos, evitan la doble contabilidad de emisiones, garantizan la trazabilidad de los créditos de carbono, y genera una serie de co-beneficios para el país vendedor, tales como transferencia tecnológica, creación de empleo, inversión sustancial, y/o aumento de la acción climática, entre otros.Los programas de protección del clima desarrollados con Fundación para la protección del clima y la compensación de CO₂, KliK, responsable de ejecutar las compensaciones de emisiones de carbono de Suiza en el extranjero, complementan los instrumentos nacionales existentes. Asimismo, se refuerza la ambición compartida de ambos países en la lucha contra los efectos del cambio climático.
Estos programas complementarán las propias actividades de implementación de las NDC (Contribución Determinada Nacionalmente) de Chile, respetando las respectivas normas medioambientales de ambos países, aumentando la ambición de la acción climática de Chile, y cumpliendo con los objetivos climáticos de Suiza.
La Fundación KliK está dispuesta a adquirir varios millones de RTMI hasta 2030 en Chile. Esto permitirá el apoyo financiero a las tecnologías de mitigación climática basadas en el impacto climático medido y se espera que desbloquee inversiones en Chile de diferentes fuentes.