Seremi aclara situación frente a evaluación de proyecto en campo dunar de Concón

En relación a algunas publicaciones de los últimos días en medios de comunicación y redes sociales respecto del proyecto “Urbanización y loteo costa de Montemar VI etapa”, la Seremi del Medio Ambiente de Valparaíso aclara lo siguiente:

1.- El Seremi del Medio Ambiente no tiene atribuciones legales para aprobar o rechazar por sí solo proyectos de inversión, tal como titularon algunas publicaciones. Si amerita, los proyectos de inversión deben ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental para obtener su Resolución de Calificación Ambiental (RCA). En esa instancia se pronuncian los órganos de la administración del Estado con competencias ambientales.

2.- El proyecto referido en medios llamado Urbanización y Loteo Costa de Montemar VI Etapa, consta de: 4 lotes, conexión a servicios básicos, construcción de una escalera peatonal y extensión de calle Cornisa. Cabe señalar que gran parte de las obras se ejecutaron entre junio del 2018 y junio del 2019 (90%), sin una evaluación ambiental y, por lo tanto, sin haber obtenido una Resolución de Calificación Ambiental favorable.

3.- El proyecto señalado se encuentra actualmente en proceso de evaluación ambiental por todos los servicios públicos con competencia ambiental. En el marco de sus competencias, el SEREMI se pronunció (mediante Ord.N653 del 15 de noviembre 2022  https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=2022/11/15/3cdf55a88ebbb71469fee5d754d0a23a91b0) sobre una propuesta de Programa de Conservación y Gestión, con acciones, obras y medidas concretas, con indicadores claros de éxito y seguimiento, medibles, cuantificables y fiscalizables por la autoridad competente, en el marco del actual plan de manejo para el Santuario de la Naturaleza Campo Dunar de la Punta de Concón.

Lo anterior, sumado a un compromiso efectivo para trabajar en la conservación del santuario de la naturaleza y área anexa, de manera colaborativa y coordinada con el Comité de Gestión y en línea con lo establecido en el instrumento de gestión.

4.-Todo proyecto que busque emplazarse en zona próxima o dentro de un área protegida, susceptible de causar afectación, por ley debe ingresar a evaluación ambiental.

5.- Tal como se ha dicho anteriormente, el proyecto no se encuentra aún aprobado ambientalmente, puesto que el pronunciamiento de este servicio es parte de un proceso de evaluación ambiental y es la Comisión de Evaluación Ambiental (COEVA) la que toma la decisión final de otorgar o no la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) al proyecto.

6.- El proyecto en evaluación no contempla ningún tipo de edificaciones, tales como viviendas o edificios en dunas, sino que lo señalado en el punto 2.

7.- Declaración de Hernán Ramírez, SEREMI del Medio Valparaíso: “Actualmente el proyecto no se encuentra aprobado, si no en proceso de evaluación ambiental. Este SEREMI no tiene facultades por si solo de aprobar proyectos de estas características. Este proyecto no contempla ningún tipo de edificaciones, ya sean vivienda o edificios en dunas, si no que corresponde a 4 loteos, extensión de una calle y una escañera peatonal las que ya fueron construidas durante los año 2018 y 2019. Como SEREMI hemos exigido al titular mediante oficio un programa de conservación para el Santuario con acciones concretas, en concordancia a lo establecido en el plan de manejo del santuario, respecto el titular accedió2

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Publicado en Región de Valparaíso.