En marco del Art. 8 de la Ley 20.780, que establece un impuesto que grava las emisiones al aire de material particulado (MP), óxidos de nitrógeno (NOx), dióxido de azufre (SO2) y dióxido de carbono (CO2), producidas por establecimientos cuyas fuentes fijas conformadas por calderas o turbinas, individualmente o en su conjunto, suman una potencia térmica igual o mayor a 50 MWt (megavatios térmicos), se comunica Resolución N°1.380/2017 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece listado de establecimientos afectos o potencialmente afectos al impuesto.
Si su establecimiento se encuentra identificado en el listado adjunto por favor registrarse en el módulo de Impuestos Verdes del RETC. Para mayor información Manual de Registro de Calderas y Turbinas