Ministerio del Medio Ambiente realiza requerimiento de información a productores de productos prioritarios

Aceites lubricantes, aparatos eléctricos y electrónicos, baterías, envases y embalajes, ciertas categorías de neumáticos, pilas, diarios, periódicos y revistas son los productos prioritarios que deben declarar este año.

Hasta el 30 de junio de 2023, a las 14:00 horas, tendrán plazo los productores de productos prioritarios para declarar la cantidad de productos prioritarios introducidos al mercado nacional durante 2022, según la Resolución Exenta Nº 410, de 2 de mayo de 2023, del Ministerio del Medio Ambiente, a lo establecido en la Ley N° 20.920 que Establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje, y en los decretos de metas ya publicados (neumáticos y envases y embalajes).

Los productos prioritarios son aceites lubricantes, aparatos eléctricos y electrónicos, baterías, envases y embalajes, ciertas categorías de neumáticos, pilas, diarios, periódicos y revistas.

De acuerdo a la normativa antes referenciada, se entiende como productor de un producto prioritario a todo el que enajena un producto prioritario por primera vez en el mercado nacional, que enajena bajo marca propia un producto prioritario adquirido de un tercero que no es el primer distribuidor, o quien importa un producto prioritario para su propio uso profesional.

Quienes tengan la obligación de informar y no lo hagan, se exponen a sanciones por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente, según lo determine dicha entidad.

Para ingresar la información, los productores deben ingresar al Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes en portalvu.mma.gob.cl, específicamente, al sistema sectorial «REP-Productor».

Más información en economiacircular.mma.gob.cl​

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