Ministerio del Medio Ambiente invita a participar de consulta ciudadana de la revisión de la norma de emisión para fundiciones de cobre y fuentes emisoras de arsénico

Este instrumento de gestión ambiental tiene como objetivo proteger la salud de las personas y el medioambiente en todo el territorio nacional, gracias a la reducción de las emisiones al aire de material particulado (MP), dióxido de azufre (SO2), arsénico (As) y mercurio (Hg).

El Ministerio del Medio Ambiente informa que este 25 de noviembre comenzó la consulta ciudadana del anteproyecto de la revisión de la norma de emisión para fundiciones de cobre y fuentes emisoras de arsénico, la que se extenderá hasta el 19 de febrero de 2025, y llama a participar de este proceso, muy relevante para perfeccionar la regulación vigente en materia de calidad ambiental. 

Para entregar observaciones se puede ingresar al portal consultasciudadanas.mma.gob.cl, página en la que también se encontrará el anteproyecto y AGIES, elaborado a partir de una revisión del decreto supremo N°28 de 2013 que fijó las exigencias vigentes sobre emisiones para este tipo de fuentes. 

Este instrumento de gestión ambiental tiene como objetivo proteger la salud de las personas y el medioambiente en todo el territorio nacional, gracias a la reducción de las emisiones al aire de material particulado (MP), dióxido de azufre (SO2), arsénico (As) y mercurio (Hg). 

El anteproyecto propone límites de emisión diferenciados para fuentes existentes y nuevas, se incluyen parámetros de control como el material particulado, dióxido de azufre, arsénico y mercurio. Se contempla, además, que su puesta en marcha sea gradual, considerando 3 etapas. 

En la etapa 1, que iniciará con la publicación en el Diario Oficial de la norma, se establecerá un congelamiento de las emisiones actuales de las fuentes existentes. Estos límites, en algunas fuentes alcanzan reducciones de 29% de SO2 y 41% de As, respecto a la norma vigente. También deberán cumplir con un porcentaje de captura y fijación anual de azufre y de arsénico, igual o superior a un 95%. A su vez, las fuentes nuevas deberán implementar sistemas de captación y fijación para sus gases primarios y secundarios, y cumplir con un porcentaje de captura y fijación anual de azufre y de arsénico igual o superior al 99,5%. Además, deberán implementar las mejores tecnologías disponibles para mitigar emisiones en chimeneas de procesos unitarios. 

En la etapa 2, a los tres años desde la publicación de la norma, las fuentes existentes deberán cumplir con un porcentaje de captura y fijación anual de azufre y de arsénico, igual o superior al 96%. Además, deberán implementar tecnologías de reducción de emisiones en chimeneas de procesos unitarios. 

Para la etapa 3, que inicia a los 9 años de la publicación de la norma, se establecen para las fuentes emisoras existentes límites máximos de emisión más estrictos, en algunas fuentes se alcanzan reducciones de 68% de SO2 y 76% de As, respecto a la norma vigente. Además, se deberán implementar sistemas de captación y fijación para gases secundarios y cumplir con un porcentaje de captura y fijación anual de azufre y de arsénico, igual o superior a un 98%. 

En el anteproyecto también se establece que las fuentes emisoras deberán adoptar practicas operacionales e implementar en forma permanente mecanismos de control de emisiones de polvo fugitivo. 

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