Medio Ambiente llama a participar de consulta pública de dos importantes normas de calidad del aire

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  • Se trata de las normas secundarias de calidad del aire para el Dióxido de Azufre (SO₂) y para Material Particulado Sedimentable (MPS) en la cuenca del Río Huasco, las que estarán en consulta pública hasta el 4 de diciembre de 2025.

Con el objetivo de proteger el patrimonio natural, el Ministerio del Medio Ambiente elaboró anteproyectos de dos normas de calidad del aire, las que se encuentran en consulta pública en el sitio consultasciudadanas.mma.gob.cl. Se trata de las normas secundarias para dióxido de azufre (SO₂) y para material particulado sedimentable (MPS) en la cuenca del río Huasco, instrumentos fundamentales para fortalecer la gestión ambiental y la protección de los ecosistemas del país.

La revisión de la Norma Secundaria de Calidad del Aire para Dióxido de Azufre (SO₂) tiene como propósito prevenir los efectos generados por las concentraciones de este contaminante en el aire sobre los ecosistemas, en especial su flora y biodiversidad, así como los servicios que estos proveen. El anteproyecto propone valores más exigentes a nivel nacional respecto de los establecidos en la norma vigente, eliminando la diferenciación geográfica entre el norte y el sur del país, y fijando límites más estrictos para las concentraciones de una hora, 24 horas y anuales.

Actualmente, la normativa chilena presenta estándares más permisivos que los utilizados en otras partes del mundo. Por ello, la propuesta del Ministerio del Medio Ambiente busca actualizar los valores máximos de dióxido de azufre a 350 µg/Nm³ como promedio horario, 150 µg/Nm³ en 24 horas y 50 µg/Nm³ anual, fortaleciendo la protección ambiental y la conservación de los ecosistemas.

El segundo proceso corresponde a la Norma Secundaria de Calidad del Aire para Material Particulado Sedimentable (MPS) en la cuenca del río Huasco. Esta norma busca prevenir los efectos derivados de la deposición del material particulado y su contenido de hierro sobre los ecosistemas de la cuenca y los servicios que estos proveen. Con ello, se actualiza la regulación vigente —dictada originalmente en 1992 por el Ministerio de Agricultura— para adecuarla al marco establecido por la Ley N° 19.300, orientado a la protección del medio ambiente y la naturaleza.

El MPS está compuesto por partículas atmosféricas que, por efecto de la gravedad, se depositan en la vegetación, suelos y otras superficies, pudiendo provenir de fuentes naturales o de actividades industriales, mineras, agrícolas o de construcción.  El anteproyecto se sustenta en un estudio de antecedentes técnicos elaborado durante el proceso de revisión, el cual se encuentra disponible públicamente en el expediente digital del Ministerio del Medio Ambiente. Según el análisis comparativo internacional contenido en dicho informe, los límites actualmente vigentes para el MPS ya se encuentran entre los más estrictos del mundo, razón por la cual esta revisión no propone su modificación.

La norma propuesta no introduce nuevas exigencias tecnológicas ni genera costos de inversión adicionales, ya que mantiene los valores vigentes desde 1992. Su objetivo es actualizar el marco jurídico y técnico, brindando certeza ambiental para el desarrollo de actividades productivas en armonía con la protección de los ecosistemas.

Un avance relevante es la definición clara del ámbito territorial de aplicación, ya que la normativa anterior (D.S. N° 4/1992) hacía referencia a la cuenca del río Huasco en la III Región —actual Región de Atacama— sin delimitar con precisión su extensión geográfica. En esta revisión, se establece que la norma se aplicará a toda la cuenca del río Huasco, según la delimitación oficial de la Dirección General de Aguas, lo que incluye por primera vez su tramo alto en la Región de Coquimbo. Esta definición se complementa con el polígono de la comuna de Huasco declarado zona latente por MP10 mediante el D.S. N° 40/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, donde se concentran las principales fuentes emisoras que dieron origen a la dictación de la norma original.

Durante el proceso de consulta, cualquier persona o institución puede presentar observaciones fundadas a través de la plataforma digital del Ministerio, en un plazo de 60 días hábiles establecido por la normativa. Ambos anteproyectos estarán disponibles para consulta pública hasta el 4 de diciembre de 2025, y ya se han realizado actividades presenciales de participación en las comunas de Vallenar y Huasco.

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