Entra en vigencia Ley de Plásticos de un solo uso

Este domingo 13 de febrero entró en vigencia la primera etapa de la regulación a los plásticos de un solo uso, que impide la entrega de utensilios plasticos y plumavit.

La SEREMI del Medio Ambiente, Mónica Saldías, explicó los detalles de la normativa que entró en vigencia el domingo 13 de febrero. La iniciativa regula los plásticos de un solo uso en los establecimientos de expendio de alimentos –como restaurantes, cafeterías o fuentes de soda, entre otros,- quienes tendrán prohibido entregar bombillas, revolvedores, palillos y cubiertos de plástico, como parte de la primera etapa de implementación de dicha Ley.

Esta Ley marca un paso fundamental en nuestra hoja de ruta hacia un #ChileCircularSinBasura pues viene a hacerse cargo de las más de 23.240 toneladas de plásticos de un solo uso que se generan al año en nuestro paíse, residuos que demoran cientos de años en degradarse, y en el caso del plumavit sobre mil años. Esta legislación implica un profundo cambio de hábito, pero no solo para nuestro comercio, sino también y especialmente para la ciudadanía”, declaró la SEREMI del Medio Ambiente.

La ley contempla sanciones que varían entre una y veinte Unidades Tributarias Mensuales (UTM) dependiendo del tipo de infracción y del producto comercializado, las cuales serán aplicadas por el Juzgado de Policía Local de la comuna donde se encuentre situado el establecimiento, mientras que la fiscalización será resorte de las municipalidades y cualquier persona podrá denunciar el incumplimento de la normativa.

La gradualidad de esta ley otorga un plazo de 3 años para su completa implementación, sin embargo hay disposiciones que comenzaron a regir este domingo y son: la prohibición de entrega de poliestireno expandido (plumavit) y así también las bombillas, los revolvedores, cubiertos (tenedor, cuchara y cuchillo) y palillos, todos de plásticos de un solo uso. En adición a esta prohibición, todos los supermercados estarán obligados a vender bebidas en formato retornables y a recibir dichos envases de las personas, se entenderá por supermercado todo establecimiento comercial con 3 o más cajas habilitadas para pago. Esto permite además de proteger al medio ambiente, disminuir los costos para las personas, ya que son más económicos.

En agosto de 2023 la obligación de ofrecer y recibir botellas retornables se extiende a otros comercios como almacenes o tiendas de conveniencia, y

para agosto de 2024, ningún local de comida podrá utilizar productos que no sean reutilizables, es decir, no solo queda prohibido al interior del local el uso de cualquier producto plástico, sino que también de cualquier otro material que no sea reutilizable.

Para el caso de los servicios de delivery, a partir de 2024 solo podrán utilizar utensilios y envases de plásticos certificados, es decir que estén elaborados a partir de recursos renovables, y que puedan ser compostados. Lo anterior, también aplicará si es el mismo consumidor quien retira los alimentos del local de expendio de alimentos.

Finalmente la SEREMI invitó a las familia a revisar los alcances de la nueva normativa y otras buenas prácticas de reciclaje en la página web https://chilecircularsinbasura.mma.gob.cl

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Publicado en Región de Aysén del General Carlos Ibañez del Campo.