Comité Operativo para la Evaluación de Impacto Ambiental sobre el Medio Ambiente Antártico sesionó de manera virtual

  • Este Comité permite dar cumplimiento al Protocolo de Madrid, y actualmente es presidido por el Ministerio del Medio Ambiente.

Este lunes sesionó el Comité que se define como el “órgano encargado de evaluar el impacto en el medio ambiente y certificar que las actividades y proyectos que se planifiquen para ser desarrollados en la Antártica cumplan con los requisitos ambientales dispuestos por las normas nacionales e internacionales respectivas”, liderado por la ministra del Medio Ambiente, Carolina Schmidt y que considera también autoridades civiles y militares.

“La promulgación del Estatuto Chileno Antártico nos abre la oportunidad de avanzar en la protección del medioambiente antártico, al integrar este aspecto como uno de los objetivos centrales en la gobernanza e institucionalidad que se desea implementar en la Antártica”, comentó la ministra Schmidt.

En este sentido la ministra Carolina Schmidt manifestó que “esta nueva Ley, es coherente con los compromisos internacionales en materia de protección de medioambiente antártico, adquiridos por Chile al alero del Sistema del Tratado Antártico, como el Protocolo para la Protección del Medio Ambiente, conocido también como Protocolo de Madrid, y la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos, ratificados por nuestro país en 1998 y 1991, respectivamente”.

En ese marco, Chile, junto a Argentina, presentó ante la Comisión de los Recursos Vivos Marinos Antárticos una propuesta para decretar un área marina protegida en la zona denominada Dominio 1, correspondiente a la Península Antártica Occidental y Sur del Arco de Scotia, de 671.877,32 kilómetros cuadrados, que es donde se registra el mayor impacto del cambio climático en la Antártica

En su intervención, la ministra relevó la importancia de avanzar en la protección del medio ambiente antártico y el rol que la ciencia puede jugar en ello. Durante la presidencia de Chile e la COP 25 de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático, se creó un Comité Científico cuyo trabajo se articuló en torno a dos mesas transversales (Mitigación y Adaptación) y cinco mesas sectoriales: Agua, Biodiversidad, Ciudades, Criósfera y Océanos. Ésta última, Criósfera y Océanos, elaboró dos documentos: uno sobre el diagnóstico de la situación de los sistemas que componen la criósfera y con recomendaciones sobre acciones futuras para su preservación; y otro sobre educación y divulgación científica, el cual permitió la elaboración del libro Criósfera y Cambio Climático: 50 preguntas y respuestas.

En el desarrollo de estos documentos participaron más de 60 científicos chilenos especializados en la materia

Tareas del MMA
Con la aprobación del nuevo Estatuto Antártico, el Ministerio del Medio Ambiente será responsable de elaborar reglamentos para las siguientes materias:
1. La Protección y conservación del medioambiente antártico y tratamiento y eliminación de residuos;
2. Sobre requisitos y procedimientos para las Actividades que requieren autorización previa;
3. El manejo de Emergencias ambientales; y
4. El funcionamiento del Comité Operativo para la Evaluación de Impacto Ambiental.

Integrantes del Comité Operativo para la Evaluación de Impacto Ambiental sobre el Medio Ambiente Antártico
La creación de este Comité da cumplimiento al Protocolo de Madrid, y actualmente es presidido por el Ministerio del Medio Ambiente e integrado por:
1. El Intendente de Magallanes y la Antártica Chilena;
2. El Secretario Regional Ministerial del Medio Ambiente de dicha región;
3. Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, específicamente de la Dirección Antártica;
4. El Director, o su representante, del Instituto Antártico Chileno (INACH);
5. El representante de Chile ante el Comité de Protección Ambiental (CEP);
Así como también por los representantes en la Región de Magallanes y la Antártica chilena de:
6. El Ejército de Chile;
7. La Armada de Chile;
8. La Fuerza Aérea de Chile;
9. El Servicio Agrícola Ganadero (SAG);
10. El Servicio Nacional de Turismo;
11. La Secretaría Regional Ministerial de Salud;

¿Qué establece el Estatuto Antártico?
El Estatuto reafirma el cumplimiento de compromisos internacionales, dado que, en el marco del Sistema de Tratado Antártico, Chile contrajo obligaciones para brindar un marco normativo en relación al uso pacífico de la Antártica; la cooperación para la investigación científica; intercambio de informaciones; el régimen de inspecciones de las actividades que se realizan en la Antártica; la estructura orgánica; las actividades de terceros Estados en la Antártica; y las normas y convenciones para la conservación de los recursos y del medioambiente.
Se establece una política de Estado con una regulación legal coherente y conjunta a la Política Antártica Nacional cuya duración será de 10 años, un Plan Estratégico Antártico cuya duración será de 5 años y el Programa Antártico Nacional cuya duración será de 1 año.

Comparte:
Publicado en Noticias.