Comienza un nuevo periodo de Gestión de Episodios Críticos en el Valle Central de O´Higgins

Gegoh

Desde el 1 de mayo al 31 de agosto se desarrollará la GEC en las 17 comunas que componen el valle central de O´Higgins, con medidas diferenciadas aplicadas en episodio de Alerta, Preemergencia o Emergencia Ambiental, para regular el uso residencial de artefactos a leña, las actividades deportivas en establecimientos educacionales y actividades organizadas por el Instituto Nacional del Deporte (IND) y el funcionamiento de fuentes fijas. 

Como cada año, desde el 1 de mayo al 31 de agosto se desarrolla la Gestión de Episodios Críticos (GEC), periodo que forma parte del Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) por MP 2,5 en el cual se aplican medidas especiales en las 17 comunas del Valle Central de O´Higgins, para evitar la exposición de la población a altos niveles de contaminación en los meses de otoño e invierno cuando empeora la calidad del aire debido al mayor uso de equipos de calefacción a leña.

Al respecto, el Delegado presidencial Fabio López, sostuvo que “enfrentar la contaminación atmosférica, para mejorar la calidad de vida de las personas, es una prioridad para el gobierno del Presidente Boric. En ese sentido, lograr un cambio de conciencia es muy importante, debemos reforzar el compromiso y responsabilidad de la ciudadanía con respecto a las medidas asociadas a la declaración de episodios, ya que la buena calidad del aire es responsabilidad de todas y todos”.

Mientras que, la Seremi del Medio Ambiente, Giovanna Amaya, agregó que “sabemos que el uso de calefacción a leña contribuye en más del 50% de material particulado en el valle central y hoy día nuestra necesidad es descontaminar nuestro aire, porque precisamente en los meses de invierno se concentran la mayor cantidad de atenciones de enfermedades respiratorias en los recintos de salud. En ese sentido, hacemos un fuerte llamado a la ciudadanía a informase sobre las prohibiciones que contemplan las medidas y cumplir con ellas”.

Fiscalización de las medidas

 La fiscalización al uso de calefactores a leña en los hogares le corresponde a la Seremi de Salud O´Higgins, quien ha habilitado el WhatsApp de denuncias +56 9 890 369 74 y a través de sus equipos de fiscalización recorrerá diversos puntos de las comunas para verificar el cumplimiento de la normativa ambiental.

En ese sentido, la Seremi de Salud O´Higgins, Dra. Carolina Torres, sostuvo que “estamos cumpliendo con nuestro rol fiscalizador, durante todos los días del año podemos fiscalizar las comunas de Rancagua y Machalí Urbano y en la zona urbana del resto de las comunas del Valle Central, dado que desde este año está vigente la prohibición del uso de elementos de calefacción a leña”, agregando que “esto busca cuidar su salud, ya que tenemos una circulación viral que ahora está concentrada en virus influenza y en rinovirus, y recordar que quienes aún no se han vacunado, puedan acercarse a los centros de salud”.

Las sanciones por el no cumplimiento de la normativa ambiental van desde una amonestación hasta una multa de 1000 UTM, en ese sentido, la Dra. Torres agregó que “esperamos encontrarnos con una conducta responsable de parte de la ciudadanía”.

Las medidas de la GEC

Las medidas de la GEC se aplican en episodio de Alerta, Preemergencia o Emergencia Ambiental, para regular el uso residencial de artefactos a leña, actividades deportivas en establecimientos educacionales y organizadas por el Instituto Nacional del Deporte (IND) y funcionamiento de fuentes fijas como hornos y calderas y se aplican en las 17 comunas de la zona saturada de la Región de O´Higgins: Rancagua, Graneros, Doñihue, Olivar, Coltauco, Coínco, Quinta de Tilcoco, San Vicente, Placilla, Mostazal, Codegua, Machalí, Malloa, Rengo, Requínoa, San Fernando y Chimbarongo.

Al respecto, la Seremi de Educación, Alyson Hadad, hizo un llamado a todos los establecimientos educacionales “quiero resaltar la importancia de que todos los establecimientos educacionales del Valle Central de nuestra región, cumplan con las medidas de la Gestión de Episodios Críticos, ya que de esta manera protegemos la salud de estudiantes y comunidad educativa, especialmente durante los periodos de alta contaminación atmosférica”.

 

Nivel pronosticadoMedidas
Alerta·         Prohibición funcionamiento calderas de calefacción de uso domiciliario, calefactores a leña (certificados y no certificados por la SEC) y cocinas a leña. Solo podrán utilizarse calefactores a pellet certificados por la SEC. Fiscalización Seremi de Salud.

·         La Seremi de Educación señala que la medida en caso de alerta será la realización de actividad física y deportiva de intensidad Moderada, en recintos cerrados, evitando esfuerzos físicos prolongados o muy intensos, para la totalidad de la comunidad escolar de la zona saturada. Las actividades vinculadas al Sistema Nacional de Competencias Deportivas (SNCD) se ejecutan a todo evento.

·         La SEREMI del Deporte y/o el Instituto Nacional de Deportes señalan que la medida en caso de alerta será la realización de actividad Física de intensidad Moderada, evitando esfuerzos físicos prolongados o muy intensos, en recintos cerrados. Las actividades vinculadas al Sistema Nacional de Competencias Deportivas (SNCD) se ejecutan a todo evento.

·         Prohibición del funcionamiento de calderas a leña o carbón, a menos que acrediten emisiones de MP inferiores a 30 mg/m³N

 

 

Preemergencia·         Prohibición funcionamiento calderas de calefacción de uso domiciliario, calefactores a leña (certificados y no certificados por la SEC) y cocinas a leña. Solo podrán utilizarse calefactores a pellet certificados por la SEC. Fiscalización Seremi de Salud.

 

·         La Seremi de Educación suspenderá las actividades físicas y deportivas al aire libre y en recintos cerrados, para la totalidad de la comunidad escolar de la zona saturada. Las actividades vinculadas al Sistema Nacional de Competencias Deportivas (SNCD) se ejecutan a todo evento.

·         La SEREMI del Deporte y/o el Instituto Nacional de Deportes, señalan que la medida en caso de Preemergencia será la realización de actividad Física de intensidad Ligera, evitando esfuerzos físicos prolongados o muy intensos, en recintos cerrados. Las actividades vinculadas al Sistema Nacional de Competencias Deportivas (SNCD) se ejecutan a todo evento.

 

·         Se deberán suspender actividades deportivas masivas al aire libre. Se entenderá por actividad masiva aquella en que participen realizando una actividad física más de 100 personas. Fiscalización Seremi de Salud.

 

·         Prohibición del funcionamiento de calderas que utilicen combustibles sólidos, a menos que acrediten emisiones de MP inferiores a 30 mg/m3N.

Emergencia·         Prohibición funcionamiento calderas de calefacción de uso domiciliario, calefactores a leña (certificados y no certificados por la SEC) y cocinas a leña.  Solo podrán utilizarse calefactores a pellet certificados por la SEC. Fiscalización Seremi de Salud.

·         La Seremi de Educación suspenderá las actividades físicas y deportivas al aire libre y en recintos cerrados, para la totalidad de la comunidad escolar de la zona saturada.

·         La SEREMI del Deporte y/o el Instituto Nacional de Deportes, señalan que la medida en caso de Emergencia ambiental será suspensión de realización de actividad física.

·         Se deberán suspender actividades deportivas masivas al aire libre. Se entenderá por actividad masiva aquella en que participen realizando una actividad física más de 100 personas. Fiscalización Seremi de Salud.

·         Prohibición del funcionamiento de calderas que utilicen combustibles sólidos, a menos que acrediten emisiones de MP inferiores a 30 mg/m3N. Fiscalización Seremi de Salud.

·        Prohibición del funcionamiento de hornos, excepto hornos panificadores, con una potencia térmica mayor a 75 kWt que utilicen combustibles sólidos, a menos que acrediten emisiones de MP inferiores a 30 mg/m3N. Fiscalización Seremi de Salud.

¿Qué pasa con las medidas de la GEC y la prohibición del uso de calefactores a leña? 

A las medidas permanentes de la prohibición del uso de calefactores a leña en las zonas urbanas de las 17 comunas de la zona saturada: calefactores, cocinas y calderas de calefacción (área urbana de Rancagua y Machalí) y salamandras, artefactos hechizos y cocinas a leña en el área urbana de: Graneros, Doñihue, Olivar, Coltauco, Coínco, Quinta de Tilcoco, San Vicente de Tagua Tagua, Placilla, Mostazal, Codegua, Malloa, Rengo, Requínoa, San Fernando y Chimbarongo, en caso de declararse un episodio de Alerta, Preemergencia y Emergencia Ambiental, existe prohibición total del uso de calefactores a leña en el área urbana y rural de estas comunas.

Es importante señalar que el pronóstico de calidad del aire será publicado diariamente, a partir del 30 de abril, en redes sociales de la Seremi del Medio Ambiente O´Higgins, de la Delegación Presidencial Regional y en el sitio web airechile.mma.gob.cl

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Publicado en Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.