PROCESO DE CONSULTA PÚBLICA Y CONSULTA A PUEBLOS INDÍGENAS
Debido a la situación de pandemia sanitaria por la que atraviesa el país, el Ministerio del Medio Ambiente ha resuelto posponer el proceso de consulta ciudadana del Anteproyecto, hasta el día hábil siguiente del término del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe (EECC), declarado en virtud del coronavirus.
Por lo anterior, se prevé que el proceso de consulta pública se desarrolle entre los días 15 de septiembre y el 11 de diciembre de 2020, de existir una nueva renovación del EECC, estas fechas pueden modificarse.
Del mismo modo, el proceso de consulta indígena que este instrumento ha considerado desarrollar, se iniciará con posterioridad al término del EECC, con la convocatoria a la reunión de planificación del proceso, de conformidad al Decreto Supremo N° 66 de 2013 del Ministerio de Desarrollo Social, que regula los procesos de consulta para pueblos indígenas. De esta forma, serán convocados a participar las personas pertenecientes a los pueblos indígenas que habitan el territorio de la cuenca del Lago Villarrica.
Esta medida busca asegurar y resguardar la participación de la ciudadanía y de las comunidades indígenas que viven en el territorio involucrado, condición que no se da en la situación actual de pandemia
Por lo pronto, quienes quieran revisar al expediente público y conocer el Anteproyecto podrán acceder a la documentación; sin embargo, las observaciones sólo serán recepcionadas una vez se inicie el proceso de consulta ciudadana, oportunidad en que estas se podrán realizar de manera escrita en las oficinas de partes de la Seremi de la Región de Araucanía o del Ministerio del Medio Ambiente, y o en formato digital en la página web que se indica a continuación.
Para aclarar dudas respecto de este proceso:
(Casilla NO habilitada para observaciones al anteproyecto)
pdalagovillarrica@mma.gob.cl
A partir del análisis de cumplimiento de la norma secundaria de calidad ambiental (NSCA) para el Lago Villarrica, se detectó la superación de 3 parámetros de la misma y se declaró la cuenca del lago como “zona saturada” para clorofila “a”, transparencia y fósforo disuelto mediante el Decreto Supremo N°43 en agosto de 2018. Este es el primer cuerpo lacustre del país en declarado en condición de saturado.
Hablamos de “Zona Saturada”, cuando se superan los niveles establecidos por la normativa para alguno de los parámetros normados. Nuestra legislación indica que en el caso de declararse una zona como saturada, se deberá elaborar un Plan de Descontaminación para lograr recuperar los niveles de concentraciones a los niveles normados. En el caso del lago Villarrica, se trata del primer “Plan De Descontaminación para el medio hídrico en Chile”.
El Plan de descontaminación del Lago Villarrica es el primer Plan para el medio hídrico en Chile, buscando su protección y considerando, por primera vez, un enfoque ecosistémico en su elaboración, a nivel de cuenca para alcanzar los niveles de calidad de agua esperados.
Si bien el incremento en la carga de nutrientes de los lagos (eutrofización), es un proceso natural, este se ve acelerado por las actividades humanas que se desarrollan en la cuenca hidrográfica aportante al lago y en sus riberas.
En el caso del lago Villarrica, las principales fuentes que aportan nutrientes al lago se pueden agrupar en fuentes de tipo antrópico (asociadas a la acción humana) y fuentes de tipo naturales: Los aportes de nutrientes (nitrógeno y fósforo) asociados a la actividad humana se encuentran asociados a la falta de tratamiento de las aguas servidas a nivel rural y urbano, entre las que podemos mencionar la falta de alcantarillado en la ribera sur del lago, así como la falta de tratamiento de aguas servidas en la localidad de Curarrehue; se suman las descargas de emisión de las pisciculturas de la cuenca; la descarga de la planta de tratamiento de aguas servidas de Pucón y otras actividades silvoagropecuarias, junto a acciones de deforestación de bosque nativo en la cuenca.
Por su parte, las actividades naturales que aportan fósforo y nitrógeno son asociadas a la escorrentía de aguas superficiales y subsuperficiales, que son propias de los diferentes usos de suelo de la cuenca.
El Plan de Descontaminación del Lago Villarrica tiene por objeto recuperar los niveles de calidad del agua establecidos en las Normas Secundarias de Calidad Ambiental para la Protección de las Aguas Continentales Superficiales del Lago Villarrica publicadas el año 2013, en este marco el Plan considera medidas tales como:
- Establecimiento de normas de emisión adicionales a las actualmente establecidas para las descargas de residuos líquidos, en particular para el sector de piscicultura y plantas de tratamiento de aguas servidas.
- Implementación de soluciones basadas en naturaleza para control de fósforo, tales como: el aumento de la cobertura de vegetación nativa ribereña de la cuenca del lago, protección de zonas de retención de nutrientes en zonas urbanas.
- Saneamiento de aguas servidas en áreas rurales y urbanas, con especial foco en la equidad social respecto al saneamiento rural.
- Gestión de episodios de bloom algales, con el fin de contar con medidas de prevención frente a eventos que potencialmente afecten la salud humana y además, contribuir al mejoramiento de la calidad de las aguas del lago.
- Participación e involucramiento ciudadano de manera transversal en la implementación de medidas y acciones para descontaminar el lago.
La meta del Plan (contenida en el Anteproyecto), corresponde a la reducción de un 36% de las emisiones de fósforo total del inventario de emisiones con base en el año 2017, las cuales han sido evaluadas en un período de 15 años.
El beneficio obtenido con la implementación del Plan corresponde a US$ 1.892 millones de dólares y, comparado con los costos (razón beneficio-costo), la relación es de 18,18 veces.
- Las principales medidas que apuntan a la reducción de emisiones corresponden a:
- Regulación de pisciculturas por una norma de emisión por carga de fósforo al año;
- Regulación de Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas con una norma de emisión de concentración de fósforo.
- Implementación de una Planta de Tratamiento de aguas servidas para la comuna de Curarrehue;
- Implementación de un alcantarillado en borde sur del lago Villarrica;
- Programas de conexión de alcantarillado a viviendas ubicadas en Zona concesionada;
- Implementación de un programa de forestación, reforestación y restauración de la vegetación nativa ribereña de la cuenca (2000 hectáreas);
- Programa de soluciones sanitarias domiciliarias rurales a 1350 viviendas.
- Junto a las medidas de reducción directa de emisiones, se consideran medidas de gestión y de reducción indirecta, tales como:
- Programas de fiscalización (fuentes puntuales, disposición de lodos, descargas de aguas al lago, camiones limpiafosa)
- Prohibición de la instalación de letrinas, pozos negros o fosas sépticas sin tratamiento posterior en un área de amortiguación a ser definida por la Seremi del Medio Ambiente.
- Instauración de una mesa de fiscalización forestal.
- Desarrollo de instructivo de buenas prácticas silvoagropecuarias y acciones de capacitación.
- Incorporar criterios ambientales para áreas de retención de nutrientes en el marco de Instrumentos de planificación territorial comunales.
- Capacitación en materia de turismo sustentable.
- Compensación de emisiones.
- Plan operacional frente a eventos de bloom algales
- Programa de involucramiento ciudadano
- Programas complementarios (Red de monitoreo fuentes difusas, estudios en el marco del Plan, Actualización inventario de emisiones, entre otros)
Toda la información relacionada con el proceso de elaboración de este instrumento se encuentra disponible en el expediente público del Plan de Descontaminación. Allí es posible encontrar el historial del proceso de elaboración del instrumento, incluyendo estudios y minutas técnicas que permitirán obtener información de base para el análisis:
Se puede acceder al expediente desde cualquiera de las siguientes plataformas: