Invitación a webinar inicio Consulta Pública Anteproyecto Plan de Implementación participativa del Acuerdo de Escazú

El Ministerio del Medio Ambiente, junto con saludar tiene el agrado de invitar a usted a participar del taller virtual «Difusión de la consulta pública del Anteproyecto del Plan de Implementación Participativa del Acuerdo de Escazú 2024-2030«.  

En la oportunidad, se presentará el documento del Plan y se dará a conocer el proceso de consulta, mediante el cual se podrán enviar opiniones u observaciones desde el 27 de noviembre de 2023 hasta el 01 de febrero de 2024.
 
Le invitamos a participar en este encuentro el día viernes 01 de diciembre a las 10:00 horas, evento que se realizará vía plataforma Zoom.
 
Esperamos contar con su valiosa participación.
 

El evento está terminado.

Fecha

01 Dic 2023
¡Finalizado!

Hora

10:00

Más Información

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Yerko Lima Montecinos

Seremi Región de Tarapacá

Ingeniero en Ejecución en Pesca de la Universidad Arturo Prat, ha desempeñado funciones claves para el desarrollo comunal y regional, en entidades públicas como los municipios de Iquique y Putre, así como en la Asociación de Municipios Rurales, el Ministerio de Obras Públicas de Tarapacá, el Gobierno Regional de Arica y Parinacota, además de colaborar con empresas del sector privado y comunidades indígenas.

Es Master en Contaminación Ambiental de la Universidad Politécnica de Madrid, España; posee un diplomado en Prevención de Riesgos y uno de técnico laboratorista, obtenido en Australia.

Funciones

  1. Ejercer en lo que les corresponda las competencias del Ministerio señaladas en el artículo 70 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; Informar al Ministro y al Subsecretario periódicamente del avance de las políticas ambientales en su región;
  2. Asesorar al gobierno regional para la incorporación de criterios ambientales en la elaboración de los Planes y las Estrategias de Desarrollo Regional;
  3. Colaborar con los municipios respectivos en materia de gestión ambiental;
  4. Coordinar el procedimiento de declaración de una zona del territorio como latente o saturada, salvo que la zona objeto de la declaración estuviere situada en distintas regiones, en cuyo caso el procedimiento estará a cargo del Ministerio del Medio Ambiente;
  5. Informar en el marco del procedimiento de elaboración de planes de prevención o de descontaminación;
  6. Promover la postulación al Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR), en coordinación con los lineamientos entregados por el Subsecretario;
  7. Proporcionar los medios materiales para el funcionamiento del Consejo Consultivo Regional, e
  8. Ejercer todas las demás funciones que la ley les encomiende.
  9. Proponer al Delegado Presidencial Regional las personas que integrarán el Consejo Consultivo Regional, en conformidad al decreto supremo N° 25, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba Reglamento del Consejo Consultivo del Ministerio del Medio Ambiente y de los Consejos Consultivos Regionales del Medio Ambiente;
  10. Formular consultas al Consejo Consultivo Regional, en materias ambientales de interés general; c) Integrar la Comisión de Evaluación a que se refiere el inciso primero del artículo 86 de la Ley N° 19.300;
  11. Presidir el Comité Técnico a que se refiere el inciso segundo del artículo 86 de la ley N° 19.300;
  12. Ejercer las facultades que les deleguen el Ministro o el Subsecretario del Medio Ambiente, y
  13. Ejercer todas las demás funciones que la ley les encomiende.

Título IV, Artículo Nº5, Decreto N° 13, de 2020, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba reglamento Orgánico del Ministerio y deja sin efecto el Decreto N° 62, de 2014.