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Anteproyecto Norma de Emisión de Ruidos para buses de la locomoción colectiva

Estimado/a: 

Junto con saludar, queremos invitarla/o  a participar en este Encuentro Informativo en Concepción este  martes 7 de octubre   a las 15:00 horas, en el contexto de la Consulta Pública  sobre “ANTEPROYECTO DEL PROCESO DE REVISIÓN DEL DECRETO SUPREMO Nº 129, DE 2002, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, QUE ESTABLECE NORMA DE EMISIÓN DE RUIDOS PARA BUSES DE LOCOMOCIÓN COLECTIVA URBANA Y RURAL» e informarte sobre este proceso y cómo puedes participar y realizar tus observaciones a la propuesta en consulta.

 ¿Cuándo?

Martes 7 de octubre / 15:00 horas

 ¿Dónde?

Museo de Historia Natural, Maipú N° 2359, Plaza Acevedo, Concepción.

 Inscríbete:  https://forms.office.com/r/xUyuUwsCei

 Más información sobre este proceso y documentos relevantes  en: 

https://consultasciudadanas.mma.gob.cl/portal/consulta/202

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Fecha

07 Oct 2025

Hora

15:00

Más Información

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Seremi Región de Tarapacá

Funciones

  1. Ejercer en lo que les corresponda las competencias del Ministerio señaladas en el artículo 70 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; Informar al Ministro y al Subsecretario periódicamente del avance de las políticas ambientales en su región;
  2. Asesorar al gobierno regional para la incorporación de criterios ambientales en la elaboración de los Planes y las Estrategias de Desarrollo Regional;
  3. Colaborar con los municipios respectivos en materia de gestión ambiental;
  4. Coordinar el procedimiento de declaración de una zona del territorio como latente o saturada, salvo que la zona objeto de la declaración estuviere situada en distintas regiones, en cuyo caso el procedimiento estará a cargo del Ministerio del Medio Ambiente;
  5. Informar en el marco del procedimiento de elaboración de planes de prevención o de descontaminación;
  6. Promover la postulación al Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR), en coordinación con los lineamientos entregados por el Subsecretario;
  7. Proporcionar los medios materiales para el funcionamiento del Consejo Consultivo Regional, e
  8. Ejercer todas las demás funciones que la ley les encomiende.
  9. Proponer al Delegado Presidencial Regional las personas que integrarán el Consejo Consultivo Regional, en conformidad al decreto supremo N° 25, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba Reglamento del Consejo Consultivo del Ministerio del Medio Ambiente y de los Consejos Consultivos Regionales del Medio Ambiente;
  10. Formular consultas al Consejo Consultivo Regional, en materias ambientales de interés general; c) Integrar la Comisión de Evaluación a que se refiere el inciso primero del artículo 86 de la Ley N° 19.300;
  11. Presidir el Comité Técnico a que se refiere el inciso segundo del artículo 86 de la ley N° 19.300;
  12. Ejercer las facultades que les deleguen el Ministro o el Subsecretario del Medio Ambiente, y
  13. Ejercer todas las demás funciones que la ley les encomiende.

Título IV, Artículo Nº5, Decreto N° 13, de 2020, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba reglamento Orgánico del Ministerio y deja sin efecto el Decreto N° 62, de 2014.