Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE):
El acuerdo de adhesión de Chile a la OCDE se firmó el 11 de enero de 2010 en el Palacio de La Moneda, para luego iniciar su proceso de ratificación interna, culminando con el depósito del instrumento de adhesión el 7 de mayo de 2010. Con esto, Chile se convirtió en el país miembro número 31 de la OCDE, el primer país sudamericano y el segundo latinoamericano después de México.
La aceptación de Chile como miembro de la OCDE representa un reconocimiento internacional y refleja al mismo tiempo la decisión del país de enfrentar nuestros retos exigiéndonos los más altos estándares para seguir avanzando hacia políticas más inclusivas y sostenibles. Desde la adhesión, se han implementado medidas en los ámbitos económicos, de comercio, innovación, educación, anticorrupción, género, política tributaria, medio ambiente, gobernanza y transparencia, entre otros.
Como parte del apoyo prestado en materia de políticas públicas, la OCDE ayuda a los países a diseñar e implementar políticas para abordar los desafíos ambientales y gestionar de manera sostenible sus recursos naturales, a través de diversos instrumentos y mecanismos, como las recomendaciones. Por medio de estas, se formulan políticas y propuestas de regulaciones para áreas temáticas específicas, que los países miembros como Chile, deben implementar en base a sus condiciones y características nacionales.
En materia ambiental, el trabajo de la OCDE es realizado por el Comité de Política Ambiental (EPOC, por sus siglas en inglés), creado en 1971 como encargado de implementar y supervisar el programa de medio ambiente de la Organización. El Comité realiza la labor a través de diversos grupos de trabajo activos en áreas diversas, como cambio climático, biodiversidad, recursos hídricos, seguridad química y economía circular, incluyendo el seguimiento del desempeño de los países en una variedad de indicadores ambientales. Esta labor integra, además, los vínculos entre el medio ambiente y áreas como el rendimiento económico, finanzas públicas, tributación y comercio. así como la alineación y el aumento de la financiación y la inversión para cumplir con los objetivos ambientales.
Entre los grupos de trabajo de EPOC destaca el Grupo de Trabajo sobre Desempeño Ambiental (WPEP por sus siglas inglés), que realiza evaluaciones periódicas de los países denominadas Evaluaciones de Desempeño Ambiental (EDA). Chile se ha sometido tres veces a este ejercicio mediante las EDA de 2005, 2016 y 2024. En esta última oportunidad, además de la evaluación general en materia de desarrollo sostenible, el ejercicio tuvo un enfoque específico en políticas y gestión del agua.
Mayor información: https://www.oecd.org/env/; https://mma.gob.cl/wp-content/uploads/2024/03/Traduccion-version-abreviada-EDA-Chile-2024-1.pdf
Programa de las Naciones Unidas:
En efecto, en el año 1972 se funda el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), siendo un órgano de alto nivel jerárquico dentro de las Naciones Unidas. Este programa gestiona recursos fundamentales, así como maneja una vasta cantidad de proyectos y actividades a nivel mundial y regional, prestando ayuda a los gobiernos para elaborar estrategias nacionales en aspectos de diversidad biológica, hasta impulsar la innovación mediante la iniciativa de economía ecológica.
En cuanto a nuestra región, las temáticas que se abordan tienen que ver con 6 áreas de trabajo, que son:
• Cambio Climático
• Desastres y conflicto
• Manejo de ecosistemas
• Gobernanza ambiental
• Productos químicos y desechos
• Eficiencia de recursos y Medio ambiente
En sí, la misión de PNUMA consiste aumentar la calidad de vida de las naciones y comunidades, sin comprometer a las generaciones futuras, entregándoles aspiraciones y apoyo continuo.
Fuente: PNUMA, La ONU y el Estado de Derecho, Naciones Unidas.
Si, Chile es miembro de Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), desde diciembre de 2011. Nuestro país junto a 32 países de América Latina y el Caribe son miembros de esta organización, donde el objetivo central es la integración política y económica de la región. El mecanismo intergubernamental lleva a cabo entre otras cosas de temas relativos a medioambiente, promoviendo encuentros regulares entre ministros de medio ambiente de la región, quienes se enfocan en el cambio climático, sustentabilidad, y una disminución sustantiva en el futuro de las emisiones de carbono, resiliente y sostenible.
Además, Chile es miembro original y parte de la Organización de Estados Americanos (OEA), creada en 1948 en Bogotá, Colombia, entrando en vigencia en diciembre de 1951. La organización cuenta con su Comisión Interamericana para el Desarrollo Sostenible (CIDS), la cual fomenta el diálogo y cooperación interamericana en temáticas relacionadas con desarrollo sostenible, promoviendo la ejecución del Programa Interamericano para el Desarrollo Sostenible, así como dirigir la coordinación y seguimiento de las decisiones decretadas en la Cumbre de las Américas sobre Desarrollo Sostenible, celebrada en Santa Cruz de la Sierra en 1996.
CEPAL fue establecida en el Consejo Económico y Social el 25 de febrero de 1948, y el 27 de julio de 1984 el Consejo decide incorporar a la región del Caribe a la comisión, pasando a llamarse Comisión Económica para América Latina y el Caribe.
La comisión es una de las 5 comisiones regionales de las Naciones Unidas, y su sede está localizada en Santiago, Chile. Se fundó para contribuir al desarrollo económico de América Latina, coordinar las acciones encaminadas a su promoción y reforzar las relaciones económicas de los países entre sí y con las demás naciones del mundo. Posteriormente, su labor se amplió a los países del Caribe y se incorporó el objetivo de promover el desarrollo social (CEPAL).
CEPAL maneja temas orientados al medio ambiente, como lo es el Desarrollo sostenible y asentamientos humanos para evaluar avances en políticas públicas, instrumentos e instituciones en virtud de promover la actividad económica más inclusiva y con menor huella ambiental de las regiones de América Latina y el Caribe. También vela por los Recursos naturales fortaleciendo la capacidad institucional de los países de las regiones para mejorar la gobernanza, políticas, gestión y uso de recursos naturales y sus servicios asociados, para progresar con igualdad, sostenibilidad social, económica y ambiental.
Transversalmente, CEPAL apoya el seguimiento e implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, donde velan por la conducción del trabajo que deben efectuar los países de América Latina y el Caribe para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Bajo los auspicios de la CEPAL se celebra cada año el Foro de los Países de América Latina y el Caribe sobre el Desarrollo Sostenible, en el cual los países de la región revisan los avances y desafíos en la materia, en la antesala del Foro Político de Alto Nivel de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible.
Fuente: CEPAL.org
Objetivos de Desarrollo Sostenible:
En septiembre de 2015, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, que estableció 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y 169 metas, siendo la guía para el progreso de una agenda mundial de desarrollo sostenible en el periodo 2015-2030, conjugando las tres dimensiones del desarrollo sostenible: económica, social y ambiental. Los objetivos y las metas son de carácter integrado e indivisible, de aplicación universal y no jerarquizados, sin dejar a nadie atrás.
El seguimiento del avance e implementación de la Agenda 2030 a nivel mundial se realiza cada año en el Foro Político de Alto Nivel sobre el Desarrollo Sostenible (HLPF por sus siglas en inglés), celebrado bajo los auspicios del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC por sus siglas en inglés). Cada año en el HLPF se revisan en profundidad cuatro ODS, más el ODS 17 sobre Alianzas, que se revisa todos los años. Cada cuatro años, una vez finalizado el ciclo de revisión de los ODS específicos, se revisa bajo los auspicios de la Asamblea General los avances de la Agenda 2030 en su conjunto. Por otra parte, en septiembre de 2023, el Secretario General de la ONU convocó a una revisión de medio término en la antesala de la semana de alto nivel de la Asamblea General. A nivel regional, se celebra también cada año el Foro de los Países de América Latina y el Caribe sobre el Desarrollo Sostenible bajo los auspicios de la CEPAL.
En el HLPF, los países pueden presentar Informes Nacionales Voluntarios (INV) ante Naciones Unidas sobre el estado de implementación de los ODS a nivel nacional, incluyendo los avances y desafíos. Chile ha presentado INV en 2017, 2019 y 2023.
Más información: https://www.chileagenda2030.gob.cl/
La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible se compone de 17 ODS, los que a su vez integran metas específicas. Debido a las tres dimensiones integradas del desarrollo sostenible (económica, social y ambiental), los ODS tienen un fuerte contenido ambiental reflejado tanto de manera transversal en la Agenda como en algunos ODS en específico. Es el caso, por ejemplo, de la necesidad de garantizar disponibilidad de agua, las modalidades de consumo y producción sostenibles, la lucha contra al cambio climático, la necesidad de conservar y utilizar en forma sostenible los océanos y ecosistemas terrestres, y el progreso hacia ciudades y asentamientos humanos más inclusivos y sostenibles.
Los 17 ODS son los siguientes:
- Fin de la pobreza
- Hambre cero
- Salud y bienestar
- Educación de calidad
- Igualdad de género
- Agua limpia y saneamiento
- Energía asequible y no contaminante
- Trabajo decente y crecimiento económico
- Industria, innovación e infraestructura
- Reducción de las desigualdades
- Ciudades y comunidades sostenibles
- Producción y consumo responsable
- Acción por el clima
- Vida submarina
- Vida de ecosistemas terrestres
- Paz, justicia e instituciones sólidas
- Alianzas para lograr los objetivos
Para el cumplimiento de todos los ODS, los países deben movilizar y promover alianzas entre todos los actores y sectores de la sociedad, razón por la cual el ODS 17 se concibe no sólo como un objetivo específico, sino también como un medio de implementación de la Agenda en su conjunto. Por esto, el avance del ODS 17 se revisa todos los años en el HLPF.
Si quieres conocer más sobre los ODS, puedes ingresar al portal web e ir al apartado de “objetivos”, donde se despliegan los 17 ODS.
Nuestro país dispone de una institucionalidad específica para la implementación de la Agenda 2030, creada mediante el Decreto Supremo 49 de 2016, luego reemplazado por el Decreto 67 de 2019 del Ministerio de Relaciones Exteriores, que define la estructura actual. Esta se compone en primer lugar del Consejo Nacional, conformado por las/os ministras/os del Ministerio de Relaciones Exteriores (preside), Ministerio de Desarrollo Social y Familia (secretaría técnica), Ministerio de Medio Ambiente, Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y Secretaría General de la Presidencia. El Consejo asesora al Presidente de la República en la materia y vela por la implementación de la Agenda 2030, estableciendo las definiciones estratégicas. La institucionalidad se completa por el Grupo Intersectorial, compuesto por las mismas carteras a nivel de subsecretarias/os, que realiza la planificación estratégica y revisa la implementación, el Grupo técnico sectorial de indicadores y la Red Nacional, que integra a los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, así como a organismos autónomos, en actividades de comunicación y difusión.
En marzo de 2023, el Consejo Nacional adoptó la Estrategia de Chile para la implementación de la Agenda 2030, cuya elaboración se realizó mediante un proceso participativo, descentralizado e inclusivo, incluyendo diálogos regionales y una etapa de consulta ciudadana virtual. La Estrategia establece 5 ejes de acción: Personas, Planeta, Prosperidad, Paz y Alianzas (Partnerships). El eje Planeta, en específico, aborda la crisis ambiental y destaca la necesidad de transformar la relación entre los seres humanos y la naturaleza, para lograr una transición socioecológica justa.
Mayor información: https://www.chileagenda2030.gob.cl/
El Ministerio tiene la obligación y facultad de velar por la dimensión ambiental de todos los ODS. Sin embargo, la cartera tiene preocupaciones específicas por aquellos objetivos que tienen mayor énfasis ambiental como, por ejemplo:
• ODS 11: Ciudades y comunidades sostenibles (calidad del aire y residuos)
• ODS 12: Producción y consumo responsable (consumo y producción)
• ODS 13: Acción por el clima (cambio climático)
• ODS 14: Vida submarina (océanos)
• ODS 15: Vida de ecosistemas terrestres (biodiversidad)
• ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas (Acuerdo de Escazú)
Mayor información: https://www.chileagenda2030.gob.cl/agenda-2030/informes/; https://ods.mma.gob.cl/documentos/
Acuerdo de Escazú:
El Acuerdo de Escazú es el resultado de un proceso abierto, transparente y participativo que se inició́ en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible (Río+20) de 2012, con la Declaración sobre la aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo en América Latina y el Caribe. En esa declaración, que se emitió́ 20 años después de la Cumbre de la Tierra, los Gobiernos de Chile, Costa Rica, el Ecuador, Jamaica, México, Panamá, el Paraguay, el Perú, la República Dominicana y el Uruguay subrayaron que, como se reconocía en el Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, el mejor modo de tratar las cuestiones ambientales era con la participación de todos los interesados. Afirmaron que los derechos de acceso en asuntos ambientales eran esenciales y reconocieron que, a pesar de los esfuerzos y avances, seguía habiendo retos y deficiencias en materia de aplicación que dificultaban el pleno ejercicio de los derechos de acceso. Por este motivo, acordaron poner en marcha un proceso en que se explorara la viabilidad de contar con un instrumento regional abierto a todos los países de la región y con la participación significativa del público. A los efectos de avanzar hacia la creación de ese instrumento, los países acordaron elaborar e implementar un Plan de Acción 2012-2014, con el apoyo de la CEPAL como Secretaría Técnica el Acuerdo fue adoptado luego de 2 años de reuniones preparatorias (2012-2014) y 9 reuniones del Comité de Negociación ( 2014- 2018) que contó con amplia participación del público y en las cuales Chile tuvo un importante rol, liderando junto a Costa Rica la conducción de las negociaciones en calidad de Copresidentes. La Mesa Directiva estuvo también integrada por otros 5 países: México, Perú, Argentina, San Vicente y las Granadinas, y Trinidad y Tobago. Se eligieron seis representantes del público (dos representantes y cuatro alternos) para sostener el diálogo con la Mesa Directiva y se creó́ el Mecanismo Público Regional. El proceso de negociación se caracterizó́ por su transparencia, apertura y carácter participativo.
Todas las reuniones de negociación se transmitieron en directo por Internet y contaron con la participación significativa del público.
Finalmente, se adopta el acuerdo el 4 de marzo de 2018 en Escazú, Costa Rica, para posteriormente entrar en vigencia el 22 de abril de 2021.
Fuente: Acuerdo Regional sobre el Acceso a la información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, Observatorio del Principio 10 en América Latina y el Caribe, Observatorio del principio 10 CEPAL.
El Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú) se adoptó el 4 de marzo de 2018 en Escazú, Costa Rica, con el apoyo de la CEPAL en su calidad de Secretaría y la importante participación del público. Es el primer tratado ambiental de América Latina y el Caribe, y está abierto a los 33 países de la región Nuestro país es Estado parte desde el 11 de septiembre de 2022. El objetivo del acuerdo es garantizar la implementación plena y efectiva de los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación y fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible.
Su período de firma estuvo abierto desde el 27 de septiembre de 2018 hasta el 26 de septiembre de 2020 en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York. En tanto el Acuerdo de Escazú entró en vigencia el 22 de abril de 2021.
Fuente: Texto Acuerdo Regional, CEPAL.
El Acuerdo de Escazú́ es el primer tratado que los países de América Latina y el Caribe han celebrado en materia ambiental y el único en el mundo que contiene disposiciones específicas destinadas a proteger a los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales.
El Acuerdo tiene como finalidad garantizar la implementación plena y efectiva de los derechos de acceso a la información ambiental, la participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y el acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, para contribuir a la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible
Los países de la Región han considerado que este instrumento regional es un gran ejemplo de multilateralismo que facilitará concretar acciones y desarrollar estrategias para enfrentar desafíos comunes como la lucha contra el cambio climático y la pérdida de la biodiversidad. Además, ayuda ofrece una herramienta inestimable para mejorar las políticas y la toma de decisiones de los países de la región en asuntos ambientales. Los Estados y partes interesadas podrán promover el diálogo, la cooperación, la asistencia técnica y la creación de capacidades, fortalecer la aplicación de los derechos de acceso a nivel nacional; e incentivar la construcción de una agenda regional propia en materia de derechos de acceso que tenga su base conceptual en la sostenibilidad y la igualdad.
De manera general, los artículos del acuerdo incluyen un preámbulo, objetivo, definiciones, principios, ámbito de aplicación, acceso a la información ambiental, participación en toma de decisiones ambientales, acceso a la justicia, fortalecimiento de capacidades y cooperación, Implementación, seguimiento y evaluación, recursos, reglas de procedimientos, marco institucional y disposiciones finales.
Para revisar el texto del acuerdo pueden visitar la página web de CEPAL, acceso directo en el siguiente enlace.
El acuerdo es un instrumento jurídico fundador en materia de protección ambiental, así como un tratado de derechos humanos. El principal titular de derechos es el público, que se define en el Acuerdo como una o varias personas físicas o jurídicas, y las asociaciones, organizaciones o grupos constituidos por esas personas, que son nacionales o que están sujetos a la jurisdicción nacional de un Estado Parte.
Particularmente, se presta especial atención a las personas y grupos en situación de vulnerabilidad, que corren más riesgo de sufrir daños ambientales o tienen más dificultades para ejercer sus derechos, ya que el objetivo de Escazú es garantizar el derecho de todas las personas a tener acceso a la información de forma oportuna y adecuada, a participar activamente en las decisiones que afectan sus vidas y entornos, además de acceder a la justicia cuando los derechos antes dichos hayan sido vulnerados. Así, el tratado reconoce los derechos de toda la población, facilitando medidas para su ejercicio, y se establecen mecanismos para llevarlos a cabo.
Fuente: “Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe”, CEPAL, Año 2022 (pág. 8).
Este tratado es un acuerdo innovador, para la región latinoamericana y del Caribe, donde se estipulan las prioridades, las expectativas y particularidades que la región requiere. En este sentido, se abordan aspectos fundamentales en la gestión y protección ambiental desde la perspectiva regional, regulando derechos enfocados al acceso a la información, participación pública y justicia en ámbitos tan importantes como el uso sostenible de los recursos naturales, la conservación de la diversidad biológica, la lucha contra la degradación de las tierras y el cambio climático, y el aumento de la resiliencia ante los desastres.
Otra característica esencial es que el acuerdo entrega la primera disposición vinculante del mundo para la protección y promoción de los defensores y las defensoras de los derechos humanos en asuntos ambientales.
Fuente: “Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe”, CEPAL, Año 2022 (pág. 8).
En cuanto a la participación pública en la toma de decisiones ambientales, de acuerdo con el artículo 7 el público dispondrá de mecanismos para participar en el proceso de emisión de autorizaciones o permisos (y revisiones) de proyectos y actividades que tengan o puedan tener un impacto significativo en el medio ambiente. Se promoverá́ la participación pública en otros procesos de toma de decisiones (como planes, políticas, estrategias, normas y reglamentos). La participación tendrá́ lugar desde las etapas iniciales, de modo que se puedan tener debidamente en cuenta las observaciones del público. Asimismo, cada Parte deberá́ proporcionar al público la información necesaria de forma clara, oportuna y comprensible, y estipular plazos razonables. Además, las autoridades públicas realizarán esfuerzos por identificar al público directamente afectado por proyectos y actividades que tengan o puedan tener un impacto significativo sobre el medio ambiente, y promoverán acciones específicas para facilitar la participación de personas y grupos que se encuentren en situación de vulnerabilidad. Además, en el artículo se contempla el fomento de la participación del público en foros y negociaciones internacionales en materia ambiental o con incidencia ambiental.
Fuente: “Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe”, CEPAL, Año 2022 (pág. 24-25).
El Acuerdo de Escazú es el primer tratado que integra disposiciones específicas a promover y proteger a los defensores y las defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales.
En el artículo 9 del Acuerdo se prevé́ un enfoque preventivo y otro reactivo para proteger a estos grupos de personas. Es así que Chile y los países miembros deben garantizar un entorno seguro y propicio en el que las personas, grupos y organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos en asuntos ambientales puedan actuar sin amenazas, restricciones e inseguridad. Cada Parte tomará las medidas adecuadas y efectivas para reconocer, proteger y promover todos los derechos de las personas defensoras de los derechos humanos en asuntos ambientales. Además, cada Parte tomará medidas apropiadas, efectivas y oportunas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas o intimidaciones que estas personas puedan sufrir en el ejercicio de los derechos que se contemplan en el Acuerdo. Se destaca la necesidad de proteger y salvaguardar a estas personas dada la dramática situación a la que se enfrentan en la región y el papel fundamental que desempeñan en cuanto a la protección del medio ambiente.
Fuente: “Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe”, CEPAL, Año 2022 (pág. 30).
Convenios Internacionales de Carácter Ambiental:
Chile es estado miembro de diversos convenios internacionales que abogan por el mejoramiento de las condiciones ambientales y la salud de las personas, de manera que se busca implementar medidas que sean adoptadas nacionalmente, así como también de forma global. Puede revisar la información actualizada de todos los compromisos internacionales del Ministerio del Medio Ambiente en el portal de CIMA en https://cima.mma.gob.cl
Dentro de los convenios de carácter ambiental, encontramos algunos de los siguientes acuerdos:
- Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono
El acuerdo entra en vigencia en septiembre de 1988, y la finalidad de este recae en alentar a los estados miembros a promover la cooperación mediante observaciones sistemáticas, investigaciones e intercambio de información sobre el impacto de la acción antrópica en la capa de Ozono, y que en consecuencia se apliquen medidas legislativas o administrativas contra las actividades humanas que afecten la capa de Ozono. Chile es parte desde el 6 de marzo de 1990. - Protocolo de Montreal para Sustancias que agotan la Capa de Ozono
El protocolo relativo al convenio de Viena entra en vigencia en 1989, sin embargo, ha sido modificado en cuatro oportunidades y ajustado en seis ocasiones, debido a los avances tecnológicos. En el protocolo se acuerda la participación universal, y se aplican límites a la producción y consumo de los principales productos químicos que destruyen la capa de Ozono, como es el caso de los Gases de Efecto Invernadero (GEI). Chile es parte desde el 26 de marzo de 1990. - Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC)
La convención es adoptada el 9 de mayo de 1992 en Nueva York, Estados Unidos, y entró en vigencia el 21 de marzo de 1994. La CMNUCC tiene por objetivo la estabilidad de las concentraciones de gases de efecto invernadero (GEI) en la atmósfera, para que la acción antrópica peligrosa no interfiera en el sistema climático mundial. Debido a esto, se busca lograr en un plazo competente, que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, para preservar la producción de alimentos, y acceder a un desarrollo económico sostenible. Chile es parte desde el 22 de diciembre de 1994. - Acuerdo de París (De la Convención Marco sobre el Cambio Climático)
En la 21° Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP21), conmemorada en París, Francia en 2015. Se adopta el Acuerdo de París, por los 195 países miembros, el cual rige desde 2020 y pretende mantener el aumento de la temperatura global por debajo de los 2°C, fortaleciendo la capacidad de resistencia del clima, adaptando los efectos desfavorables del cambio climático y generar un desarrollo con bajas emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI). En base a estas metas pactadas, se decreta un marco de transparencia forzado, para fomentar la confianza recíproca y aplicación efectiva del tratado, para favorecer un seguimiento claro de las medidas adoptadas por los miembros del Acuerdo. Chile es parte desde el 10 de febrero de 2017. - Convenio de Basilea sobre Control de los Movimientos Transfronterizos de los Deshechos Peligrosos y su Eliminación
Este convenio se adopta tras una serie de descubrimientos de depósitos de desechos tóxicos en países en vías de desarrollo, por lo que su entrada en vigencia es desde mayo de 1992. El objetivo del tratado es proteger la salud de las personas y el medio ambiente frente los graves efectos de desechos peligrosos. De manera que se requiere disminuir la generación de estos desechos, la implementación de gestiones ambientales racionales para los desechos peligrosos, restricción de los desechos en movimientos transfronterizos, además de integrar un sistema regulatorio para el movimiento permisible de los residuos peligrosos. Chile es parte desde el 11 de agosto de 1992. - Convenio de Rotterdam para la Aplicación del Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional
El acuerdo entre en vigencia el 2004, y tiene por propósito promover la responsabilidad compartida de los estados miembros, en el ámbito de comercio internacional de ciertos productos químicos peligrosos, con la finalidad de proteger la salud de las personas y el medio ambiente frente a potenciales riesgos. Chile es parte desde el mayo de 2005. - Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP’s)
El convenio sobre COP’s fue acordado en Estocolmo, Suecia, y entro en vigor en el año 2004. La finalidad del convenio es proteger la salud de las personas y el medio ambiente de los COP’s, por lo que se solicita que los estados miembros adopten medidas para mitigar o eliminar la producción, utilización, importación, exportación y emisiones al medio ambiente de contaminantes orgánicos persistentes. Además, el convenio busca entregar acceso a la información, sensibilizar y formar al público, y que participen en el desarrollo de los planes de aplicación del convenio. Chile es parte desde marzo de 2005. - Convenio de Minamata sobre el Mercurio
Este tratado fue adoptado en la Conferencia de Plenipotenciarios en el año 2013, en Kumamoto, Japón, y entró en vigor en agosto de 2017. La finalidad del convenio es proteger la salud de las personas y el medio ambiente de las emisiones y descargas antrópicas de mercurio y compuestos de mercurio. Además, el convenio de Minamata busca entregar información pública, educación ambiental, y fomento a la participación. Chile es parte del convenio desde agosto 2018.
Fuente: CIMA; Tratados, Observatorio del Principio 10, CEPAL.
El Convenio sobre Diversidad Biológica (CBD), es el primer acuerdo mundial que protege todos los aspectos de la biodiversidad. Sus objetivos se enfocan en la conservación de la biodiversidad, uso sustentable y la repartición justa y equitativa de sus beneficios. Este acuerdo establece lineamientos recomendados a los Estados participes para implementar medidas tales como: formulación de políticas, identificación de hábitats y especies críticas, establecimiento de áreas protegidas, regulación y seguimiento de las actividades que se lleven a cabo y que tengan relación con la diversidad biológica.
Este concepto se rige bajo el Decreto Supremo N°1963/1995, del Ministerio de Relaciones Exteriores, promulga el Convenio sobre Diversidad Biológica (CBD). Chile es parte de la CBD desde 1995.
Los acuerdos comerciales son tratados internacionales en materia económica o de comercio, que regulan el intercambio de bienes, servicios, inversiones o cooperación económica. La Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales (SUBREI), dependiente de la Cancillería, es la entidad encargada de negociar y administrar los acuerdos comerciales. El objetivo central de los Acuerdos de Libre Comercio es fomentar y aumentar los intercambios y flujos comerciales entre los países firmantes, a través de medios tales como la reducción y eliminación de las barreras arancelarias. Los procesos de liberalización comercial han considerado la inclusión de disposiciones ambientales desde sus inicios, lo que se ha concretado en excepciones generales al comercio con el objetivo de proteger el ambiente, obstáculos técnicos al comercio y medidas sanitarias y fitosanitarias. La evolución en la negociación de estos acuerdos ha permitido avanzar en el desarrollo de su contenido.
En este sentido Chile adquirió una política destinada a incorporar los aspectos ambientales en su apertura económica con otros países, como es el caso de:
- Acuerdo de Cooperación Ambiental junto al Acuerdo de Libre Comercio Chile-Canadá en 1997.
- Acuerdo de Asociación con la Unión Europea en 2003, que contempla la cooperación ambiental. En 2023, Chile y la UE firmaron el Acuerdo Marco Avanzado (AMA), que moderniza el Acuerdo de Asociación. El AMA incluye pilares políticos, de cooperación, de comercio e inversión. La modernización de este Acuerdo mejora el acceso a los respectivos mercados, contiene compromisos ambiciosos en materia de comercio y desarrollo sostenible y facilita la transición hacia las energías renovables y el uso sostenible de las materias primas.
- Acuerdo de Libre Comercio con EE. UU en 2004, que en el capítulo 19 anexa compromisos ambientales en la actividad económica, y en la misma línea el Acuerdo de Cooperación Ambiental.
- Entre otros.
En el marco de los Acuerdos de Libre Comercio se han negociado capítulos ambientales o Acuerdos de Cooperación Ambiental paralelos asociados. Con el fin de procurar la continuidad de la cooperación bajo dichas instancias y de ordenar el trabajo se establecen bajo cierta periodicidad Programas o Planes de Trabajo. Cabe destacar que éstos otorgan gran flexibilidad a los países en cuanto a que los objetivos y las actividades potenciales establecidas pueden ser actualizados y/o modificados, si así lo acuerdan las Partes (MMA).
Fuente: Cooperación Internacional, Asuntos Internacionales, Ministerio del Medio Ambiente.
El Acuerdo de Cooperación Ambiental firmado entre Chile y Canadá, corresponde a uno de los dos acuerdos paralelos firmados en el marco del Tratado de Libre Comercio entre ambos países. El otro acuerdo paralelo es el de cooperación laboral. Todos ellos entraron en vigencia a en julio de 1997.
Sus principales objetivos son fortalecer la cooperación ambiental entre las partes y asegurar la ejecución eficaz de las leyes y regulaciones ambientales de cada una de ellas, favoreciendo, además, que se alcancen las metas y los objetivos ambientales del Tratado de Libre Comercio. Como objetivos específicos se mencionan, entre otros, el fomento de un desarrollo sostenible y la cooperación en la conservación, protección y mejora del medio ambiente. El Acuerdo reafirma el derecho de cada país a establecer su propio nivel de protección ambiental, políticas y prioridades. Además, el Programa de Trabajo Anual y Presupuesto se realiza de manera anual, desarrollado por Secretarios Nacionales.
Si necesita más información sobre el Acuerdo, puedes ingresar al siguiente enlace https://acuerdochilecanada.mma.gob.cl/wp-content/uploads/2018/05/Texto-Acuerdo-de-Cooperacion-Ambiental.pdf, donde podrás conocer a profundidad sobre el Acuerdo de Cooperación Ambiental Chile - Canadá.
Fuente: El Acuerdo de Cooperación Ambiental Chile - Canadá, Acuerdo Chile - Canadá, Ministerio del Medio Ambiente. https://acuerdochilecanada.mma.gob.cl/
Fondo para el Medio Ambiente Mundial - GEF:
El Fondo Mundial para el Medio Ambiente (Global Environment Facility, GEF, en inglés) o FMAM (Fondo Mundial para el Medio Ambiente, en español) es una asociación integrada por 178 países, instituciones internacionales, organizaciones no gubernamentales y el sector privado, que tienen como objetivo encarar temáticas medioambientales a escala planetaria y apoyar iniciativas de desarrollo sostenible a nivel local. Proporciona fondos para proyectos con beneficio ambiental global, promoviendo actividades innovadoras y que se puedan reproducir a escala nacional y global. Esto se relaciona con 6 áreas principales: biodiversidad, cambio climático, aguas internacionales, degradación de tierras, capa de ozono y agentes contaminantes orgánicos persistentes.
El GEF constituye el mecanismo financiero para una serie de convenciones y acuerdos ambientales multilaterales. Por consiguiente, el GEF asiste a países para que puedan cumplir con sus obligaciones según las convenciones internacionales que hayan firmado o ratificado.
Fuente: GEF – Proyectos GEF liderados por el MMA Chile, Ministerio del Medio Ambiente
Ciertamente, los proyectos que se formulen deben ser presentados por el Gobierno de Chile, a través por el MMA, por lo cual, estos últimos lideran una serie de proyectos GEF con temática medioambiental, dentro de los proyectos encabezados por el Ministerio encontramos:
- Fortalecimiento de la gestión y gobernanza para la conservación y uso sostenible de la biodiversidad de importancia global en los ecosistemas marinos costeros en Chile. MARINO COSTERO
- Instrumentos y herramientas económicas para apoyar a la conservación de la biodiversidad, el pago por servicios ecosistémicos y el desarrollo sostenible.
- Implementación Alianza Zero Extinción. Conservación sitios y especies amenazadas
- Fortalecimiento de la gestión Interinstitucional para la conservación de la Biodiversidad
- Restauración de la biodiversidad y sus servicios ecosistémicos a escala de paisaje en espacios silvoagropecuarios productivos y su entorno natural
- Apoyo a la Estrategia chilena de Transporte Sustentable
- Fortalecimiento del Marco de Transparencia de la Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDC) de Chile
- Apoyando la transición a una construcción circular baja en emisiones
En efecto, el Fondo Mundial para el Medio Ambiente actúa como mecanismo financiero de distintas convenciones internacionales, como lo son:
- Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) CBD, sigla en inglés.
- Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) UNFCCC, sigla en inglés.
- Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) POPs, sigla en inglés.
- Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación (CNULD) UNCCD, sigla en inglés.
- Convenio de Minamata sobre el Mercurio.
- No formalmente vinculado, Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono.
Fuente: El Fondo para el Medio Ambiente Mundial – GEF, Asuntos Internacionales, Ministerio del Medio Ambiente.
Puedes seguir los siguientes puntos que te darán una idea de cómo guiar tu idea de proyecto ambiental:
- El primer paso es contactar al Punto Focal Operativo del GEF en el MMA para conversar sobre el tema, ver la viabilidad de la idea del proyecto, aclarar dudas y procedimientos.
- Se recomienda entrar al sitio web del GEF y explorarlo para tener una idea de qué se trata este fondo.
- Ubicar la idea de proyecto entre las áreas focales y/o esferas de actividad del GEF. Puede un proyecto abarcar más de un área focal.
- Considerar si el proyecto cumple con las prioridades establecidas por la Autoridad Ambiental del Gobierno de Chile (generalmente en el sitio web de la institución involucrada y en el Programa Ambiental del Gobierno), consultar con el Punto Focal Operativo en el Ministerio del Medio Ambiente.
- La propuesta debe cumplir con las estrategias GEF para el período, que pueden ser confrontadas en la página web del GEF.
- Pensar en los socios o involucrados o interesados en el proyecto: instituciones que deberían intervenir porque el proyecto sería de su interés por la actividad que desarrollan (Ejemplo: proyecto del MMA sobre conservación de bosque nativo involucraría a CONAF, a los municipios del área donde se busca proteger, comunidades involucradas, otros).
- Establecer la línea de base: qué va a hacer el proponente aún sin el aporte GEF, Cuál es el proyecto que se hará de todas maneras y que está financiado por otros medios.
- Establecer cuál sería el beneficio ambiental global de la propuesta y cuánto se necesitaría para que el proyecto que se hará de todas maneras tenga un plus global. El monto que se solicitará al GEF es este monto, el que financia el plus de beneficio global.
- Pensar en cuánto el proponente aporta con su línea de base y quiénes serían los socios co-financiadores del proyecto. Todo proyecto GEF debe ser cofinanciado en una proporción de 1:6, lo cual puede ser parte en especie y parte en efectivo. Los socios, involucrados o stakeholders, deberán comprometerse a cofinanciar el proyecto, y participarán en la toma de decisiones y ejecución de este, integrando el Comité Directivo.
Fuente: El Fondo para el Medio Ambiente Mundial – GEF, Asuntos Internacionales, Ministerio del Medio Ambiente.