Seremi de Medio Ambiente, Rafael Castro Meza, explicó que se avanza en la elaboración del documento definitivo.
El seremi de Medio Ambiente, Rafael Castro Meza, informó que el Ministerio del Medio Ambiente publicó el consolidado de observaciones y respuestas del proceso de consulta ciudadana del “Anteproyecto Plan de Descontaminación Atmosférica para la Ciudad de Calama y su Área Circundante”, instancia que se desarrolló entre el 22 de mayo y el 16 de agosto de 2019 en esa comuna.
Agregó que quienes presentaron observaciones podrán acceder al documento a través de la plataforma http://consultasciudadanas.mma.gob.cl y luego dirigirse a CONSULTAS CERRADAS – PLANES – Anteproyecto de Plan de Descontaminación Atmosférica para la Ciudad de Calama y su Área Circundante, donde encontrará el documento con las respuestas.
El titular de medio ambiente recordó que “el proceso de participación ciudadana del anteproyecto del PDA de Calama fue histórico, no olvidemos que se generaron casi 13 mil consultas y observaciones y todas han sido respondidas. Estamos avanzando en la elaboración de este documento y ajustándonos a los plazos establecidos, entendiendo la urgencia para los calameños y calameñas de contar pronto con este instrumento de gestión ambiental”.
Comentó también que además, están siendo notificadas de la publicación del documento todas aquellas personas que participaron en el proceso y que registraron un correo electrónico.
Castro recordó que conforme al Reglamento que regula la dictación de Planes de Prevención y de Descontaminación (D.S N°39, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente), una vez concluida esta etapa de análisis de observaciones formuladas, continúa en curso la etapa de elaboración del proyecto definitivo y su respectiva aprobación la cual considera la aprobación por parte del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, firma Ministros respectivos, consideración Presidente de la República, Toma de Razón de la Contraloría General de la República y publicación en el Diario Oficial.
La autoridad ambiental explicó que de acuerdo al artículo 50 de la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente se contempla el recurso de reclamación del futuro Decreto Supremo que establezca el Plan, pudiendo interponerse ante el Tribunal Ambiental, por cualquier persona que considere que no se ajusta a dicha ley y a la cual le cause perjuicio, teniendo como
plazo para interponer el reclamo, treinta días hábiles, desde la fecha de publicación del decreto en el Diario Oficial.