Con la publicación en el Diario oficial del Reglamento de la Ley Nª21.202, que establece Criterios Mínimos para la Sustentabilidad para Humedales Urbanos y el procedimiento de reconocimiento de humedales urbanos, el Ministerio de Medio Ambiente y los Municipios podrán iniciar la declaratoria de estos ecosistemas a lo largo de todo Chile
El martes, comenzaron a implementarse los procesos de reconocimiento de la calidad de humedales urbanos y se establecen los criterios mínimos para su sustentabilidad. Esto, luego de publicarse el Reglamento de la Ley 21.202 de humedales urbanos en el Diario Oficial, con la finalidad de buscar el resguardo efectivo de los beneficios que estos ecosistemas entregan a las ciudades, como áreas verdes, recreación, control de inundaciones y mitigación del cambio climático.
“Para el Ministerio del Medio Ambiente y para nuestra Secretaría Regional es una excelente noticia, pues los humedales urbanos prestan beneficios socioambientales fundamentales para las comunidades, protegiéndonos de eventos extremos, regulando el clima y siendo fuente de agua y alimento, que son claves para el desarrollo local, señaló la Seremi (S) del Medio Ambiente, Pamela Ávila Santibáñez.
Junto con ello, la autoridad (S) de la cartera ambiental en Magallanes señaló que el reglamento exige un estándar de conservación por medio de criterios mínimos de sustentabilidad que relevan el rol de estos ecosistemas en el desarrollo armónico de las ciudades y en la calidad de vida de las personas, agregando además que: “Como Ministerio estamos desarrollando una lista de humedales prioritarios que buscaremos proteger por oficio, para asegurar que los más relevantes en biodiversidad y servicios ecosistémicos sean protegidos prontamente bajo esta ley”, puntualizó Santibáñez.
Por su parte, el profesional encargado de Recursos Naturales y Biodiversidad de la Secretaría del Medio Ambiente, Juan Fco. Pizarro, manifestó que en una primera instancia el Humedal Tres Puentes y el Parque María Behety están priorizados a nivel regional para ser declarados como un Humedal Urbano no obstante, existen otros lugares como la costanera de Porvenir, la costanera de Natales, la laguna Pudeto (Punta Arenas), o el sector del «turbal», Seno Lauta, Seno Micalvi, y punta Gusano en Puerto Williams que ya están en cartera para las futuras designaciones. Sumados a ellos, existen una serie de otros espacios que están siendo analizados y que a futuro esperamos poder ir sumando a esta red de humedales a nivel regional, señaló el profesional.
“Es importante resaltar, además, que una vez designados, la gestión de estos espacios se materializa a través de un Plan de Manejo, instancia que la Seremi del Medio Ambiente ya se encuentra trabajando para los dos primeros humedales a designar (Tres Puentes y María Behety), el cual será elaborado con participación ciudadana mediante la metodología de estándares de conservación, y para lo cual ya se han sostenido instancias de conversación con la Agrupación Ecológica Patagónica y la Municipalidad de Punta Arenas con miras a la conformación del Comité Comunal de Humedales Urbanos de Punta Arenas, y posteriormente avanzar en la conformación de los otros comités comunales en Natales, Porvenir y Puerto Williams, para finalmente contar con una instancia de participación a nivel Regional”, agregó Pizarro.
Los procedimientos para reconocer humedales urbanos que incluye el reglamento, considera la recepción de solicitudes de declaración de humedales urbanos por parte de los municipios y el reconocimiento de humedales de oficio por parte del Ministerio de Medio Ambiente, acción que marca un esfuerzo conjunto entre ambas entidades.
El reglamento se encuentra publicado en el diario oficial y se puede acceder aquí: https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2020/11/24/42813/01/1850809.pdf