- La ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas, destacó que se cumple con el compromiso de dar celeridad a este documento que detalla, entre otros, los requisitos para que un plástico sea certificado.
- En la instancia también se revisaron los reglamentos para la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) y para el Artículo 6 del Acuerdo de París.
Un importante paso para avanzar en la promoción de la economía circular en el país se dio esta tarde, luego que el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático aprobara el reglamento de la ley que regula la entrega de plásticos de un solo uso y las botellas plásticas, aprobada por el Congreso en agosto de 2021 y que estableció una entrada en vigencia gradual.
“Con esta aprobación avanzamos en nuestro compromiso de dar celeridad al reglamento que permitirá dar cumplimiento a parte de las obligaciones establecidas por la ley, las que nos ayudarán a reducir la gran cantidad de plásticos y materiales desechables que terminan contaminado nuestro entorno”, sostuvo la ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas.
La ley creó la figura de los “plásticos certificados”, los que podrán ser utilizados en envases y contenedores para el delivery, y que estarán compuestos por materias producidas a partir de recursos renovables y ser compostables a nivel domiciliario o industrial. El reglamento aprobado detalló que estos productos deberán contener al menos 20% de materiales provenientes de recursos renovables y ser capaces de compostarse domiciliaria o industrialmente.
En cuanto a las botellas plásticas desechables, el reglamento mantuvo los porcentajes mínimos establecidos en la ley, de plástico recolectado y reciclado en Chile que deben ser incorporados en la fabricación de estos elementos, que parte en 15% en 2025 y alcanzará el 70% en 2060. Sobre el porcentaje de botellas retornables que deben estar en vitrina de los supermercados se estableció un mínimo del 30% y detalló su forma de cálculo.
Asimismo, el documento aprobado señala que el Ministerio del Medio Ambiente elaborará una guía con información orientativa para el cumplimiento de la ley.
Reglamento del Artículo 6 del Acuerdo de París
En la reunión también se aprobó el proyecto de reglamento de la Ley Marco de Cambio Climático, relacionado al Artículo 6 del Acuerdo de París, que establece las condiciones y requisitos relativos a los certificados de reducción o absorción de emisión de gases de efecto invernadero.
Esto profundizará el mercado de carbono en el país, instrumento que permite el flujo financiero hacia iniciativas de mitigación, involucrando al sector privado en el logro de los compromisos nacionales de mitigación.
Nuevo reglamento EAE
Los ministros también aprobaron el nuevo reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) que tiene entre sus principales objetivos una mayor aplicación de este instrumento, la incorporación de las variables de mitigación y adaptación al cambio climático y favorecer la participación ciudadana, entre otras.
La propuesta incorpora consideraciones de desarrollo sustentable, las relativas a la mitigación y adaptación al cambio climático, integrando elementos de esta materia en las definiciones de políticas y planes que elabore el Estado. También favorece la participación ciudadana en las etapas de diseño y aprobación, incorporando nuevos mecanismos de difusión de ambas instancias de participación ciudadana, especialmente la difusión radial y la necesaria exposición a la comunidad en lugares visibles y de libre acceso al público en un lenguaje sencillo, directo y de fácil comprensión.