Ministerio del Medio Ambiente lanza consulta ciudadana sobre norma que reduce niveles de radiación de antenas telefónicas

Se invita a todas las personas a ingresar sus opiniones sobre esta normativa hasta el 28 de marzo en www.consultasciudadanas.mma.gob.cl

Desde el 3 de enero y el 28 de marzo de 2023 el Ministerio del Medio Ambiente desarrolla el proceso de consulta pública de la Norma de Emisión de Radiación Electromagnética, instrumento que tiene por objetivo controlar las emisiones de radiación electromagnética provenientes de equipos y redes de transmisión de antenas de telefonía, para proteger la salud de las personas. La norma de emisión será aplicable en todo el territorio nacional.

La Seremi del Medio Ambiente, Giovanna Amaya, calificó esta normativa como un “importante avance” ya que a explica que “esta es una de las crecientes preocupaciones de la ciudadanía en nuestra región, por lo cual es de suma importancia robustecer la normativa ambiental en pos del proteger a las personas y con esta norma, se aumentan las exigencias para las empresas de telefonías, lo cual nos parece que va en la línea de la justicia ambiental y lograr la transición socioecológica justa, como nos ha encomendado el presidente Gabriel Boric”.

La creciente demanda de comunicación inalámbrica, ha provocado el aumento del número de personas potencialmente expuestas a radiación electromagnética, definido ésta como un fenómeno físico cotidiano, que puede ser de origen natural o antropogénico, como antenas de televisión, radio o telefonía móvil.

Así, por la preocupación de posibles efectos en la salud, a partir de investigaciones sobre los efectos biológicos, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha concluido que, la exposición a niveles inferiores de los límites recomendados por organismos internacionales no produciría un efecto perjudicial en la salud. Sin embargo, se afirma que, aún persisten lagunas de conocimiento, las que se deberán seguir abordando con mayor investigación.

En Chile, la radiación electromagnética se encuentra regulada desde el año 2000, a través de una Norma Técnica de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL), que considera recomendaciones de la OMS, entre otros.

La Ley N° 20.599 (Ley de Antenas) determinó que el Ministerio del Medio Ambiente (MMA) debe elaborar una norma ambiental para regular la radiación electromagnética, considerando para su límite un valor igual o menor al promedio simple de los países más exigentes de la OCDE, además de un límite especial para áreas sensibles. De esta manera, el MMA inició en diciembre de 2012 el proceso de dictación de una Norma de Emisión.

La nueva norma, pretende reducir los niveles máximos a un valor general de 10 mW/cm2 (micro watt por centímetro cuadrado) (límite sensible actual) y un valor para áreas de protección especial de 5,8 mW/cm2.

Respecto del cumplimiento de la norma, las nuevas fuentes emisoras deberán ajustarse a los niveles establecidos desde la entrada en vigencia del presente decreto, mientras que las fuentes existentes tendrán un plazo de hasta 12 meses desde la entrada en vigencia del presente decreto.

FISCALIZACIÓN Y METODOLOGÍA DE MEDICIÓN

En julio de cada año, el titular de la fuente emisora deberá reportar los resultados obtenidos en las mediciones de densidad de potencia efectuadas durante el año anterior a la Superintendencia del Medio Ambiente, por medio del sistema y procedimientos que esta determine.

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente, fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones de la presente norma, sin perjuicio de las atribuciones que posea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, según corresponda.

Procedimientos de medición: Dentro del plazo de 6 meses contados desde la publicación del presente decreto, la Superintendencia del Medio Ambiente dictará los protocolos, procedimientos, métodos y planes de medición y análisis para determinar el cumplimiento de la presente norma de emisión, para lo cual se coordinará con la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en el ámbito de sus competencias.

Del informe de cumplimiento: La Superintendencia del Medio Ambiente deberá informar anualmente, al Ministerio del Medio Ambiente, sobre el cumplimiento de las disposiciones de la presente norma. El informe deberá considerar la información aportada por la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

“Invitamos a todas las personas a ingresar sus opiniones sobre esta normativa hasta el 28 de marzo en www.consultasciudadanas.mma.gob.cl , es muy importante que la ciudadanía forme parte de los procesos de elaboración de las normas ambientales”, sentenció la Seremi Giovanna Amaya.

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Publicado en Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.